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Miércoles, 5 de mayo 2021, 17:06
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 16 de marzo un proyecto de ley elaborado por el Ministerio del Interior para incorporar una serie de medidas que mejoran y actualizan el sistema del permiso y la licencia de conducción por puntos, y acordó su remisión a las Cortes para su tramitación parlamentaria y aprobación definitiva.
Este proyecto de ley modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, al agravar las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción.
Entre ellos, se encuentra el del uso del teléfono móvil al volante, sobre el que la DGT ha lanzado varias advertencias a través de sus redes sociales. En sendos tuits, la Dirección General de Tráfico alerta del peligro que puede suponer manipular este tipo de dispositivos mientras se conduce. «No lo tomes a broma, una distracción por breve que sea puede costarte la vida», apunta la DGT, quien puntualiza que una de cada dos denuncias en la última campaña de control fueron por uso del móvil al volante«, un peligro que equipara a conducir bajo efectos del alcohol.
Pero además de alertar sobre los peligros para la propia integridad física de las personas, Tráfico también recuerda que conducir utilizando de manera manual dispositivos de telefonía móvil se considera una infracción grave y acarrea una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos del carné.
Una pérdida de puntos que aumentará de 3 a 6 una vez que se apruebe de manera definitiva el proyecto de ley que modifica la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Además con un puntualización clave: «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil», incluso aunque no se esté usando en ese momento para realizar una llamada o mandar un whatsapp.
Una de cada dos denuncias en última #CampañaControl fueron por uso del #móvil al volante, un peligro equiparable a conducir bajo efectos del #alcohol.
Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 3, 2021
No lo tomes a broma, una #distracción por breve que sea puede costarte la vida.
👉https://t.co/T5HkQ1CtKn #ApagaElMóvil pic.twitter.com/LCVhqRNJEB
¿Quieres sufrir lesiones?
Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) April 26, 2021
¿Perder tal vez la vida?
¿Perder 200 € y 3 puntos del carné?
Es INFRACCIÓN GRAVE conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores, auriculares... que disminuyan la atención permanente a la conducción.#ApagaElMóvil pic.twitter.com/BHl1yjVD4M
En el caso de que el móvil se sitúe en el salpicadero, no sería objeto de denuncia siempre que se utilice para ello un soporte homologado y no se manipule durante la conducción, aclara el director general de Tráfico, Pere Navarro. Aun así, recomienda que si es necesario su uso, el conductor se detenga en una zona segura.
En este sentido, las esperas en un semáforo o en un atasco no se consideran paradas ni estacionamiento desde un punto de vista legal. Por tanto, si se manipulase el móvil, sí podría ser objeto de sanción de acuerdo a la nueva normativa.
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