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El Supremo advierte que sólo los hijos nacidos con vida pueden considerarse para solicitar el complemento de maternidad

El Supremo advierte que sólo los hijos nacidos con vida pueden considerarse para solicitar el complemento de maternidad

El alto tribunal estima un recurso de casación para la unificación de doctrina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

Lunes, 21 de agosto 2023, 00:09

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que señala que únicamente los hijos nacidos con vida pueden computarse a efectos del devengo y cuantía del complemento por maternidad de las pensiones, recogido en el artículo 60 de La ley General de la Seguridad ... Social (LGSS). Subraya que así lo dice «expresamente» el vigente texto legal donde «queda meridianamente claro el requisito de que los hijos han de nacer con vida para que puedan computarse a efectos de este complemento».

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