El Tribunal Supremo ha absuelto a una profesora que fue condenada por injurias a otros dos docentes por una carta que envió a los padres del instituto de Badajoz donde trabajaba para explicarles que había decidido irse a otro centro educativo tras sufrir «numerosas situaciones ... de humillación y trato vejatorio» por parte de esos dos compañeros.
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La mujer envió a los padres de todos sus alumnos, a los que impartía Lengua Castellana y Literatura, un carta titulada 'Despedida y motivos' que publicó a través de la Plataforma Integral Educativa de la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, denominada 'Rayuela', al no haber encontrado otra forma de dirigirse a todos ellos, según explica en el propio texto.
En el mismo, contaba que desde el curso anterior venía sufriendo esas «situaciones de humillación y trato vejatorio» por parte de la jefa de estudios y el secretario del instituto. «Aguanté demasiado tiempo y demasiadas situaciones, llenas de violencia verbal y visual hacia mi persona, siempre con la esperanza de que su actitud, en algún momento, cambiara. Todo resultó muy al contrario y mi capacidad de aguante no pudo más», decía.
Acabó con «ataques de ansiedad y estados psico-emocionales de un dolor infinito e insoportable» que le llevaron a pedir una baja médica. Según relata, el director del centro fue conocedor de lo que estaba viviendo desde el comienzo, pero «jamás intentó solucionar nada».
Además, avisó a los padres de que el suyo no era el primer caso en este instituto. «De mi departamento, soy la segunda profesora que sufre esta situación. Entre todos, docentes y no docentes, ya formamos un grupo excesivamente amplio», afirmó.
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La profesora les explicó que se sentía con «la obligación moral» de informar al AMPA sobre lo ocurrido al considerar que los padres debían ser conscientes de lo sucedido en el instituto donde tienen depositada su confianza y donde sus hijos «pasan muchas horas al día».
Para el juzgado de lo penal, este mensaje «fue debidamente publicado y difundido con ánimo de perturbar la fama y el crédito, así como el honor, de los profesores» señalados. Así, condenó a la profesora por dos delitos de injurias graves hechas con publicidad a una multa de 14 meses con una cuota diaria de 10 euros. Posteriormente, la Audiencia Provincial rebajó la multa a 10 meses y un día.
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La mujer recurrió al Supremo defendiendo que su mensaje estaba amparado por la libertad de expresión, «derecho que alcanza no solo a las 'informaciones' o 'ideas' acogidas con favor o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también a aquellas que contraríen, choquen o inquieten».
Alegó asimismo que se trata de una comunicación dirigida «a quienes tienen interés en lo que ocurre en el centro, los profesores y su equipo directivo». «¿Por qué abandona el centro una profesora? Es una pregunta que todo padre se formula», planteaba su defensa.
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La Sala de lo Penal, en una sentencia del magistrado Manuel Marchena da la razón a la profesora al entender que la «simple lectura» de la carta enviada al AMPA «hace difícil detectar una expresión injuriosa que merezca tratamiento penal». Añade, citando jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que los funcionarios «deben soportar un grado mayor de crítica que los particulares respecto de la actuación realizada en el ejercicio de sus funciones».
En este sentido, destaca que la jefa de estudios y el secretario eran «personajes públicos» en ese contexto porque «lo que sucede en el cuadro de profesores de un centro escolar encierra un interés relevante que no puede ser degradado a una disputa entre particulares susceptible de ser reprimida por el derecho penal».
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