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Existen algunas situaciones en las que se puede solicitar un subsidio por desempleo aunque no se haya cotizado nunca a la Seguridad Social. Lo habitual es que una persona tenga derecho a recibir el paro (prestación contributiva por desempleo) si ha cotizado a la Seguridad ... Social, al menos 360 días en los últimos seis años, y haya perdido el empleo de forma involuntaria. Por tanto, si nunca se ha trabajado, no se puede acceder a esta prestación.
Luego hay otras circunstancias en las que también hay previstas algunas ayudas, como el Subsidio por cotización insuficiente, que se cobra en función del tiempo que se ha cotizado y de si el parado tiene o no responsabilidades familiares, es decir, cónyuge a cargo o hijos menores de 26 años que convivan con él.
Sin embargo, también se contemplan otras situaciones en las que, incluso sin haber cotizado nunca a la Seguridad Social, se puede cobrar una subvención por desempleo. Son las siguientes:
-Personas liberadas de prisión. En el caso de que el solicitante se haya visto sometido a una pena privativa de libertad de, al menos seis meses, podrá solicitarla siempre que se cumplan todos los requisitos para ello: estar desempleado, estar inscrito como demandante de empleo, suscribir compromiso de actividad, carecer de rentas propias que no superen el 75% del Salario Mínimo equivalente a 810 euros y no haber rechazado una colocación adecuada. También se pueden beneficiar de esta ayuda de 480 euros mensuales los menores liberados de un centro de internamiento mayores de 16 años, en el momento en que son puestos en libertad y las personas que hayan cumplido con un programa de desintoxicación, siempre y cuando, su duración sea superior a 6 meses. La duración del subsidio es de 6 meses, prorrogables hasta un máximo de 18 meses siempre que se mantengan los requisitos.
-Perder una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez por mejoraría del estado de salud. El desempleado podrá pedir este subsidio si estaba cobrando una pensión debido a una incapacidad y, al mejorar su situación, la perdió. También en este caso, la cuantía de la ayuda es de 480 euros mensuales durante un periodo de seis meses prorrogables por otros dos periodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.
-Emigrantes que regresan a España. Esta ayuda va dirigida a españoles que retornan a España y que han trabajado, al menos, un año en los últimos seis desde su última salida de España en países que no pertenecen al Espacio Económico Europeo, Unión Europea o Suiza. Este subsidio se concede también durante seis meses y puede llegar hasta un máximo de 18 meses si se van solicitando las prórrogas y se mantienen los requisitos, entre ellos, haber trabajado como mínimo en el extranjero 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España y cumplir también con el compromiso de actividad y carencia de rentas mínimas. El importe a cobrar es el de todos los subsidios, 480 euros/mes en 2023.
Además, si no se ha trabajado nunca también se puede optar a una Renta Activa de Inserción (RAI), una prestación pensada para proporcionar al beneficiario los medios necesarios para que pueda volver a formar parte del mercado laboral.
Para recibir la Renta Activa de Inserción (RAI) debe encontrarse necesariamente en una de estas cuatro situaciones: Parados de larga duración mayores de 45 años; emigrantes retornados mayores de 45 años; víctimas de violencia de género o doméstica, o personas con discapacidad igual o superior al 33%.
En todas y cada una de las opciones hay que cumplir estos requisitos generales: ser menor de 65 años, no tener ingresos propios superiores a 810 euros mensuales (el 75% del Salario Mínimo en 2023), que la unidad familiar no supere el tope de rentas (la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar: el solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores incapacitados o menores acogidos), dividida por el número de miembros que la componen no supere los 810 euros mensuales por miembro, y no haber sido beneficiario de tres Programas de Renta Activa de Inserción anteriores. Además, hay que aportar el certificado de Búsqueda Activa de Empleo (BAE), en los casos de solicitar la RAI por ser persona desempleada de larga duración o persona con discapacidad. Este certificado es un documento que entrega el Servicio Autonómico de Empleo.
La RAI se puede cobrar durante 11 meses como máximo y se puede solicitar hasta tres veces. Se cobra el 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples), 480 euros al mes (importe ya actualizado para el año 2023). Normalmente el pago se hace el día 10 de cada mes.
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