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Domingo, 9 de marzo 2025, 16:55
Novedades para los hogares con empleadas del hogar. La reciente subida del Salario Mínimo Interprofesional hasta los 1.184 euros brutos mensuales en catorce pagas también repercute en las condiciones económicas laborales de este colectivo. Se trata de unas trabajadoras cuyos derechos se vieron reforzados el año pasado con la aprobación del Real Decreto 893/2024, una ley que vela por sus derechos laborales para asegurar unas condiciones de trabajo dignas.
Su salario lo establece el Real Decreto 87/2025 del 11 de febrero, que actualiza el SMI. De este modo, las empleadas de hogar o cuidadoras que trabajen por horas deberán percibir un mínimo de 9,26 euros por cada hora trabajada. «Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata», especifica el SEPE.
Para los profesionales en actividades ligadas con la agricultura, la industria o los servicios, queda fijado en 39,47 euros por día o 1.184 euros al mes, según el salario esté fijado por días o por meses. «En el caso de las personas trabajadoras eventuales, así como de las temporeras y temporeros, cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120, la cuantía del salario no podrá ser inferior, en ningún caso, a 56,08 euros por jornada», añade el SEPE.
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