El SEPE mantendrá hasta junio la ayuda de 5.000 euros para desempleados de larga duración

Esta prestación de 480 euros mensuales puede percibirse durante 11 meses con posibilidad de solicitarse hasta en tres ocasiones

Lunes, 8 de enero 2024, 21:03

La reforma de los subsidios por desempleo, plasmado en el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, va a conllevar a partir del 1 de junio una reorganización de estas ayudas asistenciales, de forma que en lugar de ser cubiertas por el Servicio ... Público de Empleo Estatal (SEPE), lo haga el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a través del Ingreso Mínimo Vital (IMV) dado que estas prestaciones que se han incorporado al nivel asistencial en los últimos años «no son subsidios por desempleo en el sentido estricto», tal y como aclaran desde el SEPE.

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Uno de esas ayudas a las que afectará este cambio normativo es la actual Renta Activa de Inserción (RAI), una ayuda extraordinaria de 480 euros mensuales que puede cobrarse durante 11 meses (en total, 5.280 euros), está destinada a todos los desempleados de larga duración que han cumplido ya los 45 años y tienen grandes dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Junto a la RAI también pasarán a cubrirse por el IMV: el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), el de los emigrantes españoles retornados, el destinado a quienes se les revisa una incapacidad permanente y vuelven a estar disponibles para el empleo al no mantener la reserva del puesto de trabajo en sus empresas, y el que reciben las personas liberadas de prisión.

La RAI, a diferencia de otras ayudas, no hay que solicitarla inmediatamente después de haber agotado el paro, sino que puede hacerse cuando se haya cobrado esta prestación contributiva en algún momento de la vida laboral.

Los actuales perceptores y quienes la tenga aprobada podrán seguir percibiéndola con las mismas condiciones en que les fue aprobada; sólo afectará a los nuevos solicitantes a partir del 1 de junio.

Carencia de rentas

Al ser una ayuda extraordinaria, sólo puede solicitarse cuando se hayan agotado otras prestaciones y subsidios por desempleo. Uno de los requisitos más importantes para que los servicios públicos de empleo autoricen esta ayuda es que el desempleados no tenga ingresos propios superiores a 810 euros mensuales (el 75% del Salario Mínimo en 2023) y que la unidad familiar no supere el tope de rentas, es decir, que la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de la unidad familiar (el solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores incapacitados o menores acogidos), dividida por el número de personas que la componen no supere esos 810 euros mensuales por miembro. Es una de las condiciones que lo diferencian también del subsidio para mayores de 45 años, ya que éste va dirigido a desempleados que superen esa edad pero que no tengan cargas familiares.

Además de ser parado de larga duración (llevar apuntado al paro al menos 12 meses) debe estar inscrito como demandante de empleo un año mínimo. Para este cómputo no se considera que se haya interrumpido el periodo de inscripción si se trabaja menos de 90 días. Sin embargo, la salida al extranjero sí se considera una interrupción, salvo que no supere los 15 días en determinados casos (matrimonio, nacimiento de un hijo, fallecimiento o enfermedad grave del cónyuge o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal).

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Es requisito también no haber cobrado ya esta ayuda en los 365 días anteriores ni haberla pedido ya tres veces. La RAI es una ayuda anual y se puede pedir hasta un máximo de tres veces, pero nunca seguidas. Debe haber al menos un año sin recibir la ayuda entre cada solicitud.

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