El SEPE aclara las nuevas condiciones de jubilación para los desempleados que cobran el subsidio para mayores de 52 años

La actual normativa permite al perceptor alcanzar la edad ordinaria de jubilación

Martes, 22 de agosto 2023, 13:24

El subsidio para mayores de 52 años es la única ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que puede cobrarse hasta la edad legal de jubilación de forma ininterrumpida, es decir, una vez aprobada y si el desempleado sigue cumpliendo anualmente con los requisitos ... podrá seguir cobrándola hasta su retiro. ¿Su peculiaridad? Es el único subsidio que cotiza para la jubilación. En concreto, lo hace el SEPE por el 125% de la base mínima de cotización que esté vigente cada año. Pero, ¿cuál es la edad legal de jubilación ahora? ¿Es posible jubilarse anticipadamente si se está cobrando este subsidio?

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Con la normativa anterior, en vigor hasta el 12 de marzo de 2019, un desempleado que estuviera cobrando este subsidio estaba obligado a aceptar su jubilación anticipada si legalmente cumplía los requisitos para ello, con lo que perdía derechos al jubilarse antes de la edad ordinaria. Sin embargo, eso ha cambiado, tal y como recoge el nuevo artículo 277.3 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS): «(…) hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación».

Antes de la modificación de la norma, la duración del subsidio se extendía hasta que el trabajador cumplía la edad de jubilación «en cualquiera de sus modalidades», y una de ellas era la jubilación anticipada, de forma que cuando reunía las condiciones para jubilarse anticipadamente, tenía que acogerse obligatoriamente a ella y dejar de cobrar el subsidio.

Ahora ya no es así: el perceptor de este subsidio puede elegir si sigue cobrándolo hasta la edad legal de jubilación o jubilarse anticipadamente.

Actualmente, la edad ordinaria de jubilación es progresiva desde la aprobación de la ley 27/2011, de forma que ha ido aumentando desde los 65 años en 2013 a los 67 con la que los españoles se jubilarán en 2027. La edad de jubilación en 2023 es a los 66 años y 4 meses cuando se disponga de menos de 37 años y 9 meses de cotización. En cambio, en caso de acreditar 37 años y 9 meses o más de periodo cotizado, es posible jubilarse con 65 años.

La jubilación anticipada podría adelantarse dos o cuatro años con respecto a la ordinaria en función de si es voluntaria o forzosa y siempre cuando se cumplan una serie de requisitos.

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Por otra parte, para acceder al subsidio para mayores de 52 años, además de la edad, estar desempleado y cumplir con el mínimo de años de cotización, el interesado debe estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agota la prestación que se estaba percibiendo; debe cumplir el compromiso de actividad que está incluido en la solicitud, y cumplir con el requisito de carencia de rentas propias, es decir, los ingresos mensuales no pueden superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, o lo que es igual, 810 euros (actualizado a 2023). En este caso y a diferencia de otras prestaciones, no se tienen en cuenta los ingresos del resto de miembros de la unidad familiar (cónyuge, hijos, etc) ni al solicitar el subsidio ni durante la vigencia del mismo, tal y como detalle el SEPE.

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