La aprobación del Real Decreto-ley 16/2022 para mejorar las condiciones de trabajo que hasta ahora tenían las personas empleadas en el servicio doméstico va a permitir que este colectivo acceda a la prestación por desempleo y a los subsidios previstos por el Servicio ... Público de Empleo Estatal (SEPE), ahora Agencia Estatal de Empleo. Y es que con la modificación de la norma, estas trabajadoras (9 de cada 10 son mujeres) que cotizaban en el Régimen Especial de las Empleadas de Hogar ya pueden hacerlo en el Régimen General de la Seguridad Social, con lo que eso implica. Es decir, pueden cotizar por desempleo y acumular las cotizaciones exigidas para pedir el paro, tal y como lo hacen el resto de trabajadores. Es una modificación normativa vigente desde el 1 octubre de 2022.
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Precisamente, es una de las condiciones no solo para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo, sino para acceder al único subsidio que cotiza para la jubilación cuando el trabajador queda en paro en sus últimos años antes de acceder a ella. Y es que entre los numerosos requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años, los más importantes son la edad y tener cotizaciones suficientes para la jubilación. Se trata de una ayuda para trabajadores que a lo largo de su vida laboral ya han acumulado el mínimo de cotizaciones exigidas legalmente para recibir una pensión contributiva de jubilación, pero que no pueden acceder a ella porque no tiene la edad legar necesaria.
Hasta ahora, las personas dedicadas profesionalmente al servicio doméstico, no cotizaban por desempleo y por lo tanto, no tenían derecho a prestación en caso de pérdida involuntaria de su puesto de trabajo. Así, cuando una empleada de hogar terminaba su relación laboral, quedaba sin posibilidad de acceder al paro y a los subsidios por desempleo.
Actualmente, para poder cobrar una pensión de jubilación hay que acumular al menos 15 años de cotizaciones para la jubilación y dos de los cuales deben estar dentro de los últimos 15 años.
Además, hay que tener seis años cotizados como mínimo en el Régimen General. Es decir, dentro de esos 15 años cotizados, la ley exige tener como mínimo seis años de cotizaciones por desempleo en el Régimen General. En el momento de la solicitud, el SEPE comprueba si el interesado cumple con estos requisitos de cotización cruzando los datos con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Además de estas exigencias de cotización, que ya puede cumplir este colectivo, existen otras importantes para que las empleadas de hogar puedan acceder al subsidio para mayores de 52 años. Así, además de la edad, estar desempleado y cumplir con el mínimo de años de cotización, el interesado debe estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agota la prestación que se estaba percibiendo; debe cumplir el compromiso de actividad que está incluido en la solicitud, y cumplir con el requisito de carencia de rentas propias. Para esto último, los ingresos mensuales no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, 810 euros (actualizado después de la subida aprobada por el Gobierno este mes).
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