Un juez ha concedido a una trabajadora de 51 años la incapacidad permanente total para el desempeño de su profesión habitual como limpiadora por sufrir disnea y fatiga propias del síndrome postcovid. El magistrado ha estimado en esta sentencia pionera que no es posible que ... pueda ejercer esta profesión como lo venía haciendo con anterioridad.
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La mujer interpuso la demanda después de que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no le reconociera como incapacidad permanente por no presentar «reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral». Sin embargo, el titular del Juzgado de lo Social número 3 de Cantabria no comparte estas consideraciones, pues la clínica que presenta la mujer «no es leve o poco significativa». Al contrario, «el propio informe de síntesis destaca en sus conclusiones que la disnea y fatiga son intensas».
Según los hechos probados, la trabajadora presentaba un cuadro de secuelas que incluía síndrome post-Covid, infección por la que permaneció ingresada en el hospital cinco días intubada en la UCI; artritis psoriásica, y «bloque completo» de la rama izquierda.
Estas patologías provocaban en ella un «menoscabo funcional» consistente en disnea y fatiga intensas, por lo que pedía la incapacidad permanente para su profesión habitual de limpiadora al considerar que no puede llevar a cabo las «funciones primordiales» de la misma, tal como le ha reconocido el juez.
Así las cosas, el magistrado ha declarado finalmente a la trabajadora «afectada de invalidez permanente en el grado de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común para su profesión habitual y, en consecuencia, beneficiaria de una pensión del 55% de una base reguladora de 528,88 euros, 14 veces al año con las oportunas revalorizaciones».
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