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Un juez ha concedido a una trabajadora de 51 años la incapacidad permanente total para el desempeño de su profesión habitual como limpiadora por sufrir disnea y fatiga propias del síndrome postcovid. El magistrado ha estimado en esta sentencia pionera que no es posible que ... pueda ejercer esta profesión como lo venía haciendo con anterioridad.
La mujer interpuso la demanda después de que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no le reconociera como incapacidad permanente por no presentar «reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral». Sin embargo, el titular del Juzgado de lo Social número 3 de Cantabria no comparte estas consideraciones, pues la clínica que presenta la mujer «no es leve o poco significativa». Al contrario, «el propio informe de síntesis destaca en sus conclusiones que la disnea y fatiga son intensas».
Según los hechos probados, la trabajadora presentaba un cuadro de secuelas que incluía síndrome post-Covid, infección por la que permaneció ingresada en el hospital cinco días intubada en la UCI; artritis psoriásica, y «bloque completo» de la rama izquierda.
Estas patologías provocaban en ella un «menoscabo funcional» consistente en disnea y fatiga intensas, por lo que pedía la incapacidad permanente para su profesión habitual de limpiadora al considerar que no puede llevar a cabo las «funciones primordiales» de la misma, tal como le ha reconocido el juez.
Así las cosas, el magistrado ha declarado finalmente a la trabajadora «afectada de invalidez permanente en el grado de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común para su profesión habitual y, en consecuencia, beneficiaria de una pensión del 55% de una base reguladora de 528,88 euros, 14 veces al año con las oportunas revalorizaciones».
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