La Seguridad Social recortará la cotización que realiza por jubilación en el subsidio para mayores de 52 años

El Real Decreto-Ley de reforma de los subsidio tampoco contempla una subida de la cuantía de esta ayuda

Jueves, 21 de diciembre 2023, 19:33

A diferencia de cualquier otro subsidio por desempleo, el destinado a los desempleados mayores de 52 años permite actualmente a sus perceptores cobrarlo hasta la edad legal ordinaria de jubilación de forma ininterrumpida. El objetivo es proteger a un colectivo con grandes dificultades para reincorporarse al mercado laboral, por eso, además de que el parado pueda percibir esta ayuda mensual de 480 euros (se mantendrá esa cuantía) hasta su retiro, también la Seguridad Social cotiza por la contingencia de jubilación durante la percepción del mismo para que el parado no sufra un varapalo en su futura pensión.

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Sin embargo, el Real Decreto-Ley que reforma los subsidios por desempleo (publicado este miércoles 20 de diciembre en el BOE) mete un tijeretazo en esas cotizaciones. Así, a los solicitantes del subsidio para mayores de 52 años que les sea concedido el 1 de junio de 2024 o en fecha posterior, la Seguridad Social cotizará por la contingencia de jubilación durante la percepción del mismo de la siguiente manera: en 2024, la base de cotización será equivalente al 120% de la base mínima del Régimen General vigente en cada momento; en 2025, equivaldrá al 115%; en 2026 al 110%, y en 2027, al 105%.

Si el subsidio fuera concedido antes del 1 de junio de 2024, la base de cotización seguirá siendo del 125% (1.575 euros en el año 2023) .

Esa rebaja va a suponer un varapalo en un colectivo (más de 440.000 desempleados mayores de 52 años) que en sus últimos años de vida laboral van a ver menoscaba su pensión de jubilación. Una rebaja que lleva consigo un ahorro para las arcas públicas, porque tal y como recoge el Real Decreto-Ley, dado que la base mínima de cotización está ligada al salario mínimo interprofesional (SMI) y éste ha experimentado un fuerte incremento en los últimos años (hasta el 46% desde 2019) el Gobierno ha considerado necesario recortar la cotización por la contingencia de jubilación.

Una decisión que ha caído como un jarro de agua fría entre los agentes sociales. En un comunicado, tanto CC OO como UGT han mostrado su rechazo a la paulatina reducción de la base de cotización del subsidio para mayores de 52 años contemplada en la reforma y que en la actualidad es del 125% de la base mínima vigente cada año.

Las condiciones para acceder a este subsidio son numerosas, pero entre ellas hay dos indispensables: una la edad y tener cotizaciones suficientes para la jubilación. Y es que se trata de una ayuda para trabajadores que a lo largo de su vida laboral ya han acumulado el mínimo de cotizaciones exigidas legalmente para recibir una pensión contributiva de jubilación, pero que no pueden acceder a ella porque no tiene la edad legal necesaria.

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Actualmente, para poder cobrar una pensión de jubilación hay que acumular al menos 15 años de cotizaciones para la jubilación en cualquier régimen de la Seguridad Social (ya sea autónomos, empleadas de hogar o por cuenta ajena) y dos de los cuales deben estar dentro de los últimos 15 años.

Además, hay que tener seis años cotizados como mínimo en el Régimen General. Es decir, dentro de esos 15 años como mínimo cotizados, la ley exige tener como mínimo seis años de cotizaciones por desempleo en el régimen general. En el momento de la solicitud, el SEPE comprueba si el interesado cumple con estos requisitos de cotización cruzando los datos con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

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