La Seguridad Social podrá aprobar una pensión de invalidez aunque no se cumplan los requisitos de cotización

El importe que se cobra con una pensión no contributiva de invalidez íntegra es de 484,61 euros mensuales en 14 pagas

Lunes, 4 de septiembre 2023, 21:51

El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) prevé para aquellos trabajadores que sufren invalidez una prestación económica, la asistencia médica y farmacéutica gratuita y el acceso a servicios complementarios aunque no hayan cotizado o lo hayan hecho de forma insuficiente para generar el derecho ... a una pensión contributiva.

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Para acceder a esta prestación no contributiva de invalidez, el solicitante tiene que tener más de 18 años y menos de 65; tiene que residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. Igualmente, tiene que acreditar que tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

El importe que se cobra con una pensión no contributiva de invalidez íntegra es de 484,61 euros mensuales en 14 pagas.

Otro de los requisitos importantes para acceder a esta prestación es cumplir con la carencia de rentas, es decir, que los ingresos personales del solicitante, en cómputo anual para 2023 sean inferiores a 6.784,54 euros anuales.

No obstante, si son inferiores a esa cantidad y se convive con familiares, únicamente se cumplirá el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:

Convivencia solo con el cónyuge o parientes de segundo grado:

Dos convivientes: 11.533,72 euros/año.

Tres convivientes: 16.282,90 euros/año.

Cuatro o más convivientes: 21.032,08 euros/año.

Convivencia con parientes de segundo grado donde se encuentra alguno de sus padres o hijos:

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Dos convivientes: 28.834,30 euros/año.

Tres convivientes: 40.707,25 euros/año.

Cuatro convivientes: 52.580 euros/año.

Existirá unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

Los pensionistas de pensión no contributiva de invalidez cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 6.784,54 euros anuales, por lo que el importe de ese complemento queda fijado en 3.392,27 euros anuales.

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