El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) prevé para aquellos trabajadores que sufren invalidez una prestación económica, la asistencia médica y farmacéutica gratuita y el acceso a servicios complementarios aunque no hayan cotizado o lo hayan hecho de forma insuficiente para generar el derecho ... a una pensión contributiva.
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Para acceder a esta prestación no contributiva de invalidez, el solicitante tiene que tener más de 18 años y menos de 65; tiene que residir en territorio español y haberlo hecho durante un periodo de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud. Igualmente, tiene que acreditar que tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
El importe que se cobra con una pensión no contributiva de invalidez íntegra es de 484,61 euros mensuales en 14 pagas.
Otro de los requisitos importantes para acceder a esta prestación es cumplir con la carencia de rentas, es decir, que los ingresos personales del solicitante, en cómputo anual para 2023 sean inferiores a 6.784,54 euros anuales.
No obstante, si son inferiores a esa cantidad y se convive con familiares, únicamente se cumplirá el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:
Convivencia solo con el cónyuge o parientes de segundo grado:
Dos convivientes: 11.533,72 euros/año.
Tres convivientes: 16.282,90 euros/año.
Cuatro o más convivientes: 21.032,08 euros/año.
Convivencia con parientes de segundo grado donde se encuentra alguno de sus padres o hijos:
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Dos convivientes: 28.834,30 euros/año.
Tres convivientes: 40.707,25 euros/año.
Cuatro convivientes: 52.580 euros/año.
Existirá unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.
Los pensionistas de pensión no contributiva de invalidez cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 6.784,54 euros anuales, por lo que el importe de ese complemento queda fijado en 3.392,27 euros anuales.
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