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El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha propuesto a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social 11 nuevas discapacidades para ampliar los supuestos en los que es posible acogerse a la jubilación anticipada de trabajadores con grado de discapacidad del ... 45% o superior. Y la respuesta por parte del departamento que dirige Elma Saiz deja la puerta abierta, asegurando, concretamente, que se va a «analizar» y a «evaluar» para ver «qué es lo que se puede hacer«.
La nuevas discapacidades que se incluirían serían la artritis reumatoide, la encefalomielitis miálgica, la amiloidosis por transtiretina variante (ATTRv), la enfermedad de Huntington, Parkinson, distrofia miotónica tipo 1 (enfermedad de Steinert), espina bífida, fibromialgia, inmunodeficiencias primarias, lupus eritematoso sistémico y esclerosis sistémica. Según señala el Comité, el objetivo de esta propuesta es desarrollar «lo establecido en Real Decreto 370/2023, de 16 de mayo que prevé la regulación de un procedimiento de inclusión de nuevas patologías generadoras de discapacidad, a los efectos de esta modalidad de jubilación anticipada, y su consiguiente actualización y ampliación».
Desde esta organización han destacado que estas discapacidades son «muy específicas» y ahora mismo no están cubiertas. Han detallado, asimismo, que este tipo de jubilación se aplica a discapacidades, enfermedades o patologías, que «está acreditado médicamente que suponen una reducción significativa de la esperanza de vida». «De momento, estas son las 11 que hemos planteado porque, a nuestro juicio, tienen entidad suficiente para ser configuradas como que reducen la esperanza de vida y que deberían agregarse a las que ya están disponibles, ha declarado Luis Cayo Pérez Bueno, presidente de la CERMI, que ha añadido que no descarta que se incorporen otras a la propuesta realizada.
En este sentido, el Comité ha explicado que las 11 nuevas discapacidades, enfermedades y patologías, que darían pie a la aplicación de esta modalidad de jubilación anticipada, han sido sugeridas por la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE), entidad miembro del CERMI, la cual ha realizado «estudios exhaustivos en los que fundamentar esta decisión de ampliación».
Para acometer este desarrollo normativo, el CERMI aboga por crear un grupo de trabajo 'ad hoc', con representantes de la Seguridad Social, del Ministerio de Derechos Sociales (Direcciones Generales de Derechos de las Personas con Discapacidad e IMSERSO) y del propio CERMI, para «examinar esta cuestión y preparar la redacción de la Orden Ministerial que debe culminar este proceso de actualización del listado vigente».
El Real decreto aprobado por el Gobierno el pasado año mejoró el acceso a la jubilación anticipada para las personas con una discapacidad superior al 45% y redujo los años de cotización exigidos de 15 a 5 desde el diagnóstico de la discapacidad.
Otra novedad es que las personas que tengan más de una patología discapacitante podrán optar a la jubilación anticipada si la suma de sus dolencias supera el 45% de discapacidad. Así, tanto los trabajadores por cuenta ajena como por cuenta propia incluidos en cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social podrán acogerse a esta medida si acreditan estar en alta o en situación asimilada a la de alta y si a lo largo de su vida laboral han trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al período mínimo de cotización que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación estando afectados por alguna de las patologías generadoras de discapacidad y, dentro de ese período, durante al menos cinco años, con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.
El listado actual de patología generadoras de discapacidad son la discapacidad intelectual, la parálisis cerebral, las anomalías genéticas, síndrome de Down, síndrome de Prader Willi, síndrome X frágil, osteogénesis imperfecta, acondroplasia, fibrosis quística, enfermedad de Wilson, trastornos del espectro autista, anomalías congénitas secundarias a Talidomida, secuelas de polio o síndrome postpolio y daño cerebral (adquirido), como el traumatismo craneoencefálico o las secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones. Entre las enfermedades mentales se contemplan la esquizofrenia y el trastorno bipolar, y entre las enfermedades neurológicas, estaría la esclerosis lateral amiotrófica, la esclerosis múltiple, la leucodistrofias, el síndrome de Tourette y la lesión medular traumática.
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