Cuenta atrás para el inicio de la campaña de la Renta 2023-24, que este año se adelanta al 3 de abril y se prolongará hasta el 1 de julio. Toca rendir cuentas a Hacienda, pero no todos los ciudadanos están obligados a presentar la ... declaración. Unos porque no alcanzan el mínimo de ingresos establecido por ley para tener que hacerlo y otros, porque aún siendo pensionistas y estar obligados a hacerlo, están exentos por el tipo de prestación que cobran.
Publicidad
En principio, con un solo pagador, si el contribuyente tiene unas retribuciones que no alcanzan los 22.000 euros, no tendría que hacerla.
Si hay más de un pagador, la situación cambia. El trabajador tendría que presentar, o no, declaración de la renta atendiendo a dos supuestos: Si el conjunto de lo que el trabajador gana en el año es de 22.000 euros y el segundo pagador le ha pagado menos de 1.500, no tendría que presentarla.
Otro caso sería que el segundo pagador haya abonado al trabajador más de 1.500 euros. En esa circunstancia, sería necesario que entre todos los pagadores le hubieran abonado menos de 15.000 euros, que es el nuevo límite exento para trabajadores con dos pagadores tras la modificación de la Ley 21/2022, del 23 de diciembre. Si así fuera, no tendría que hacer declaración.
Por otra parte y aunque pudiera pensarse lo contrario por no estar empleados, los pensionistas están también obligados a presentar sus cuentas a la Agencia Tributaria, ya que la pensión de jubilación se considera un rendimiento del trabajo, por lo que no se libran de impuestos. Por tanto, si se superan los límites anuales, será obligatorio presentar la declaración de la Renta. Esto afecta a los perceptores de pensiones por jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
Sin embargo, hay otros pensionistas que están libres de hacer la declaración. En 2024, serán todos aquellos jubilados perceptores de una pensión pública cuyos ingresos anuales (incluyendo otros como los planes de pensiones privados) no superen los 12.900 euros.
Publicidad
Tal y como recoge la Seguridad Social en su web, también se librarán las pensiones de incapacidad permanente, tanto 'absoluta' y las de 'gran invalidez'. Asimismo, estarán libres aquellas personas que son beneficiarias de una pensión de Clases Pasivas, además de las pensiones de orfandad y a favor de nietos y hermanos, siempre que sean menores de 22 años o incapacitados para cualquier empleo.
Noticia relacionada
Igualmente, entre las pensiones libres de tributación se encuentran las derivadas de medallas y condecoraciones concedidas por actos contra el terrorismo, así como las jubilaciones si derivan de actos de terrorismo y las que están destinadas a personas con lesiones provocadas por la Guerra Civil.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Fallece un hombre tras caer al río con su tractor en un pueblo de Segovia
El Norte de Castilla
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.