Los parados pueden seguir cobrando el subsidio de 480 euros y una pensión de viudedad si renuncian al complemento de mínimos

El perceptor puede incurrir en una infracción grave si no comunica al SEPE su nueva situación económica, especialmente, si sus ingresos superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional

Jueves, 30 de marzo 2023, 23:18

La cuestión de la compatibilidad de los subsidios con el cobro de alguna pensión es recurrente en los servicios de empleo. El SEPE, consciente de las dudas que genera el tema, ha abordado en su web el supuesto de si es posible que el subsidio ... de desempleo de 480 euros (una ayuda asistencial que puede solicitarse cuando se ha agotado el paro) pueda seguir cobrándose si al perceptor le aprueban una pensión de viudedad.

Publicidad

En este sentido, aclaran que de darse esta situación, el desempleado tiene que comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la cuantía de dicha pensión. «Continuará percibiendo el subsidio si el importe mensual de la pensión, incluido el prorrateo de pagas extraordinarias, es inferior al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional». Es decir, no podría superar los 810 euros mensuales. Si obtiene rentas por otros conceptos, se sumarán a la pensión.

En el caso de que la pensión de viudedad supere ese tope máximo de 810 euros mensuales por recibir el complemento de mínimos (y no lo hiciera si no tuviera en cuenta ese complemento), entonces tendría que renunciar a él ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para poder compatibilizar la pensión de viudedad y el subsidio por desempleo. «Siempre que mantenga la renuncia al complemento de mínimos mientras percibe el subsidio, no se tendrá en cuenta este complemento para determinar el requisito de carencia de rentas individuales», subraya la administración.

Igualmente, insisten en que si el perceptor continúa cobrando el subsidio por desempleo porque no ha comunicado su situación de pensionista de viudedad y sus rentas superan el límite del 75 % del SMI, se entenderá que ha cometido «infracción grave» que podría suponer una sanción de pérdida del subsidio.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €

Publicidad