Pagar menos a Hacienda en la próxima declaración de la Renta: diez decisiones a tomar antes de final de año

La OCU elabora un decálogo para que los contribuyentes más previsores se beneficien de un ahorro fiscal la próxima primavera

Sábado, 25 de noviembre 2023, 16:29

Faltan todavía algunos meses para el inicio de la próxima campaña de la Renta. ¿Quién piensa en la declaración ahora que la Navidad está a la vuelta de la esquina? Pues para los más previsores, hay una serie de decisiones que pueden tomarse ahora, a finales de año, con una repercusión positiva en la rendición de cuentas a Hacienda la próxima primavera.

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Desde la OCU han elaborado un decálogo de medidas de ahorro fiscal que pueden adoptarse antes de que termine este ejercicio el próximo 31 de diciembre:

1. Deducciones de vivienda

Si el contribuyente tiene derecho a aprovechar la deducción fiscal por compra de vivienda habitual, puede amortizar hipoteca antes de que acabe el año. «Si compraste tu casa antes de 2013, podrás deducir el 15% de lo pagado para comprar la vivienda, sobre un máximo de 9.040 euros (o de 18.080 si lo pagas con tu cónyuge y declaráis por separado)», subrayan. Por tanto, lo que fiscalmente interesa es amortizar anticipadamente una cantidad que llegue hasta ese límite para así aprovechar íntegramente la deducción. Las comisiones por cancelación anticipada que cobran algunas entidades también son deducibles dentro de los 9.040 euros.

Además, cumpliendo ciertos requisitos, es posible deducir por las obras de eficiencia energética, terminadas en 2023 en la vivienda habitual o en otra en propiedad arrendada para vivienda, que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración o mejoren el consumo de energía primaria no renovable o la calificación energética de la vivienda. Para tener esta deducción en la próxima declaración hay que tener un certificado de eficiencia energética previo a las obras y otro posterior con fecha máxima del 31 de diciembre de 2023.

2. Vehículo eléctrico y puntos de recarga

La compra de un vehículo eléctrico nuevo a partir del 30 de junio de 2023 incluido y matriculado antes del 1 de enero de 2024 permitirá deducir en la próxima declaración el 15% de su valor, incluidos gastos e impuestos y restadas las ayudas públicas, sobre un máximo de 20.000 euros. La deducción se aplica en los modelos con un precio que no supere el importe máximo establecido para el plan MOVES III y sólo si se destinan a uso particular. También se pueden deducir en la declaración de 2023 las cantidades pagadas a cuenta en 2023 por estos vehículos, si representan el 25% de su valor de adquisición y siempre que compre el coche antes del 31/12/2025.

Por la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos, también es posible deducirse el 15% del precio de la instalación, restadas las subvenciones o ayudas públicas que se hayan podido recibir, sobre un máximo de 4.000 euros, siempre que la instalación se haga y se termine de pagar en 2023, que sea para uso particular y que no se pague en efectivo.

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3. Cumplir 65 años para vender la casa

Los contribuyentes que estén cerca de cumplir los 65 años y prevean vender o donar su vivienda habitual, les interesa esperar hasta cumplirlos, pues la ganancia que obtendrán de la transmisión estará libre de impuestos.

Si la vivienda está a nombre de los dos cónyuges, ambos deben ser mayores de 65 años, ya que de lo contrario solo estaría exenta la ganancia correspondiente al cónyuge que tenga esta edad. La exención se puede aplicar aunque se haya dejado de residir en la vivienda habitual, pero eso debe haber pasado como máximo dos años antes de la transmisión.

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4. Arrendadores

Los propietarios de inmuebles en alquiler pueden deducir de la renta sujeta a IRPF los gastos hechos para obtenerla: IBI, anuncios, agencia, seguros, comunidad… También son deducibles los gastos de reparación y conservación y los intereses de préstamos para la compra o mejora del inmueble, pero sin que puedan generar un rendimiento negativo. «Conviene repasar los gastos deducibles, incluida la amortización, y si al final del año se prevé que el rendimiento será positivo, se pueden adelantar a diciembre algunos gastos deducibles para rebajar el próximo IRPF».

5. Plan de pensiones

Las aportaciones a un plan de pensiones pueden recortar la factura del IRPF. Aun así, no es aconsejable para aquellos que obtienen rentas exclusivamente de alquileres de inmuebles, de productos bancarios o de ganancias derivadas de transmisiones patrimoniales, ya que este tipo de rentas no se reducen por aportar a planes de pensiones.

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En cambio, sí es una opción recomendable para los que obtienen rentas que provienen del trabajo, de actividades profesionales o empresariales y de alquileres de inmuebles (siempre que haya rentas de los dos tipos anteriores). Si es el caso, en la próxima declaración, la cantidad máxima que podrá descontarse por aportar al plan de pensiones será la menor de las siguientes: 1.500 euros anuales, que se incrementan en 8.500 euros cuando el incremento provenga de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo plan de empleo que dependen del importe aportado por la empresa; el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Si no se pueden reducir todas las aportaciones por aplicarse este límite, se podrá reducir el exceso en la base imponible general de los cinco ejercicios siguientes.

6. Compensación de pérdidas y ganancias

Si durante 2023, se han obtenido ganancias con la venta o donación de bienes y a su vez se acumulan pérdidas en otras inversiones, una forma de ahorrar en la próxima declaración es materializar esas pérdidas para poder compensarlas con las ganancias, y viceversa. Para eso, conviene no donar bienes que generen pérdidas o rendimientos de capital negativo en el IRPF, porque Hacienda no permite su compensación. «Para poder compensar pérdidas será mejor vender el bien y donar el dinero obtenido con la venta».

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Si se venden acciones o participaciones de fondos con la intención de compensar la pérdida que genere la venta este año, hay que esperar dos meses para volver a adquirirlos (o comprar otro fondo de cartera similar). Si no se hace así, no se podrá compensar la pérdida hasta que se vuelvan a vender. «Hay que recordar que la próxima declaración será la última en la que se podrá compensar el saldo de pérdidas pendientes de 2019. Antes de fin de año se pueden vender inversiones con una ganancia equivalente para aprovecharlo».

7. Cambios en la familia

Es importante comunicar a la empresa cualquier cambio en la situación familiar: nacimiento de un hijo, divorcio o discapacidad, entre otros. La cantidad de retención a cuenta del IRPF depende entre otras cosas de las circunstancias familiares y así podrá ser lo más ajustada posible.

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8. Salario en metálico por salario en especie

La obtención de parte de la retribución como salario en especie es otra opción para ahorrar impuestos: algunas retribuciones como los seguros sanitarios para el trabajador, su cónyuge y sus hijos; los vales de comida o los cheques de transporte y guardería están exentos de pagar IRPF.

9. Donativos

Las donaciones deducen, y si se hacen siempre a las mismas entidades, más. Si se realizan donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro se puede deducir un 80% sobre los primeros 150 euros, y un 35% sobre lo que exceda de esa cantidad (ese porcentaje sube al 40% si es el tercer año que se dona a la misma entidad y cada donación ha sido igual o superior a la del año anterior).

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10. Deducciones autonómicas

Conviene estar al tanto de las deducciones fiscales a las que se tiene derecho, ya que algunas varían en función de cada comunidad autónoma. Muchas deducciones autonómicas se conceden si el contribuyente no excede ciertos límites de ingresos. Si se superan, se pueden reducir los ingresos teniendo gastos deducibles o solicitando retribuciones exentas para poder aplicar la deducción.

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