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El Ministerio de Consumo investiga a inmobiliarias por el cobro de comisiones ilegales en el alquiler de viviendas

Estas prácticas las estarían llevando a cabo empresas que operan en todo el territorio español

Raquel Merino

Málaga

Martes, 22 de octubre 2024, 14:04

El Ministerio de Consumo ha abierto una investigación a diferentes empresas de gestión de alquiler de viviendas por cobrar presuntamente a los inquilinos comisiones ilegales u obligar a firmar contratos temporales sin que dicha temporalidad estuviera justificada. La Dirección General de Consumo habría constatado, a través de diversas denuncias presentadas por asociaciones de consumidores, que estas prácticas, prohibidas por la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda, se estarían llevando a cabo por parte de empresas que operan en todo el territorio español.

En este sentido, Consumo incide en que trasladar a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato está prohibido expresamente por la «Ley 12/2023 de 24 de mayo por el derecho a la vivienda», así como la firma de contratos temporales en los que la temporalidad no esté justificada.

Asimismo, el Ministerio que dirige Pablo Bustinduy, señala que la vivienda es un derecho y un bien de primera necesidad amparado por la «Ley de Arrendamientos Urbanos», normativa que impide a las agencias inmobiliarias incluir cláusulas o prácticas que atenten contra los derechos que tienen los inquilinos.

De hecho, estas cláusulas o prácticas podrían considerarse infracciones graves, con multas de hasta 100.000 euros, o muy graves con sanciones de hasta un millón de euros. Estas cantidades podrían incluso sobrepasar las fijadas con entre cuatro u ocho veces el beneficio ilícito obtenido, según informan desde Consumo.

Gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato

En mayo de este año, Facua ya avisaba que las inmobiliarias estarían cobrando a los inquilinos una comisión que realmente tienen que asumir los arrendadores. Se trata de los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato en el caso de los contratos de larga temporada, es decir, dirigidos a satisfacer la necesidad permanente de vivienda.

Hasta la entrada en vigor, a finales del pasado mes de mayo, de la nueva Ley por el Derecho a la Vivienda que introdujo una modificación en el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, el pago de esta comisión correspondía al propietario cuando era una persona jurídica (empresas), pero cuando era una persona física, la ley proponía que casero e inquilino pactaran cómo se repartían este gasto. Según la nueva normativa, este pago ahora recae siempre sobre el propietario, sea cual sea su condición (jurídica o física).

Una de las inmobiliarias a las que Facua denunció por este motivo fue a Alquiler Seguro, que ahora se encuentra entre las investigadas por el Ministerio de Consumo. Según la organización de consumidores, Alquiler Seguro estaría cobrando presuntamente una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta más IVA por ofrecer un «servicio de atención al arrendatario», que incluye, entre otros, «asesoramiento para las gestiones de cambio de titularidad de los suministros energéticos», «asesoramiento jurídico» sobre el contrato de alquiler e incluso «resolución de siniestros e incidencias». Sin embargo, la organización apunta a que este tipo de gestiones tiene que asumirlas el arrendador.

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