Secciones
Servicios
Destacamos
Recibió un SMS que aparentaba ser de su banco y, apenas unos minutos después, una llamada telefónica de un supuesto empleado de la entidad. Engañada, facilitó información confidencial que permitió a los estafadores realizar una transferencia de 7.500 euros y una compra por 1.999 euros. Tras reclamar sin éxito ante el banco, la afectada decidió a primeros de este año llevar el caso ante los tribunales.
Ahora se ha conocido la sentencia emitida por un Juzgado de Primera Instancia en Barcelona, que ha condenado a la entidad financiera a indemnizar a esta víctima de 'phishing' con la cantidad de 9.499 euros, más intereses legales. Además, la sentencia incluye la imposición de costas procesales a la parte demandada.
El 'phishing' es una técnica utilizada por los ciberdelincuentes para obtener información confidencial como contraseñas, números de tarjetas de crédito y otra información de carácter personal de los usuarios. Del mismo modo, es utilizada para instalar programas maliciosos, malware, en los dispositivos de los usuarios. Para ello, ponen en circulación correos electrónicos fraudulentos que suplantan la identidad de empresas y organizaciones principalmente, en los que, bajo cualquier excusa, solicitan al usuario que acceda a un enlace facilitado en el propio mensaje o que se descarguen algún fichero malicioso.
Dicho de otro modo, los ciberdelincuentes envían a los usuarios mensajes suplantando a una entidad legítima como puede ser un banco, una red social, un servicio o una entidad pública para engañarles y manipularles a fin de que acaben realizando alguna acción que ponga en peligro sus datos. Y eso fue lo que ocurrió en este caso.
Sin embargo, el tribunal ha determinado que la entidad bancaria no implementó las medidas de seguridad necesarias, como la autenticación reforzada, para prevenir el fraude. Esta negligencia, junto con la obligación de la entidad de probar que las operaciones fueron autorizadas de forma correcta, ha llevado al fallo a favor de la clienta, condenando al banco a devolver el importe sustraído. «Creemos que este fallo sienta un precedente crucial en la protección de los consumidores contra fraudes electrónicos», aseguran desde Unive Abogados. Desde este bufete, consideran que esta sentencia refuerza además la responsabilidad de las entidades bancarias para garantizar la seguridad de sus clientes a través de mecanismos de autenticación «robustos».
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.