Una mujer ha recuperado 1.100 euros, de los 1.633 euros que le abonó a una agencia inmobiliaria por «gastos de gestión», un cobro ilegal desde la reciente modificación la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Como explica Facua, la agencia hizo firmar a la inquilina, además del contrato de arrendamiento con la propietaria del piso, otro en el que la usuaria se comprometía a abonar una mensualidad más el 21% de IVA a la agencia por la supuesta «contraprestación de servicios de búsqueda y localización de inmuebles».
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La mujer firmó este último contrato y pagó el dinero que le solicitaban, 1.633 euros, para no perder la oportunidad de alquilar la vivienda situada en Madrid pero, una vez instalada en la casa, reclamó a la inmobiliaria la devolución de dicha cantidad.
La agencia, sin embargo, ignoró las reclamaciones de la inquilina, a pesar de que el segundo contrato que le hizo firmar era «completamente irregular», como apunta Facua, ya que la modificación a la Ley de Arrendamientos Urbanos prohíbe a las inmobiliarias cobrar ningún tipo de honorarios o «gastos de gestión» a los arrendatarios.
Hasta esta modificación, el pago de esta comisión correspondía al propietario cuando era una persona jurídica (empresas), pero cuando era una persona física, la ley proponía que casero e inquilino pactaran cómo se repartían este gasto. Según la nueva normativa, este pago ahora recae siempre sobre el propietario, sea cual sea su condición (jurídica o física).
La afectada acudió a Facua Madrid cuyo equipo jurídico se dirigió a la inmobiliaria para instarle a que le devolviera los 1.633 euros. Asimismo, la asociación también denunció a la agencia ante las administraciones de consumo para que la sancionaran por haber vulnerado la normativa de vivienda.
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Tras algunas negociaciones, ambas partes llegaron a un acuerdo para que la agencia devolviera a la inquilina 1.100 euros, evitando así acudir a tribunales.
Facua advierte de que algunas inmobiliarias enmascaran el cobro ilegal de los «gastos de gestión» a los inquilinos en los contratos usando denominaciones tales como «estudio de viabilidad y solvencia económica»; anglicismos como «fee» (que traducido significa tarifa); o en concepto de servicios «prestados al arrendatario» sin detallar cuáles, por citar algunos ejemplos.
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