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Ya se han empezado a dar los primeros pasos para librarse de las llamadas comerciales indeseadas con la entrada en vigor, desde este 7 de marzo, de la Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero. Esta nueva norma, que se aplicará de manera escalonada, establece medidas para combatir las estafas de suplantación de identidad a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto fraudulentos, así como para garantizar la identificación de la numeración utilizada para los servicios de de atención al cliente y las llamadas comerciales no solicitadas.
Una de las principales novedades es que los servicios de atención al cliente, así como las llamadas comerciales no solicitadas y los servicios de cobro revertido automático, tendrán asignadas la numeración gratuita 800 y 900. De este modo, el consumidor podrá identificar este tipo de llamadas con más facilidad y, en caso necesario, bloquear los números. Además, garantiza que la persona que recibe la llamada pueda devolverla a esos números de manera gratuita.
En esta primera fase de la aplicación de la ley, los operadores de telefonía también tendrán que poner en marcha medidas para evitar la manipulación del identificador de línea llamante (CLI). Concretamente, que permitan el bloqueo de las llamadas de voz y de los mensajes móviles (SMS/MMS/RCS) sin identificación, o con un identificador de llamada entrante no atribuido a ningún servicio o de formato no coherente con el Plan Nacional de Numeración Telefónica o con identificador de llamada entrante con numeraciones no asignadas por la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) a ninguna entidad operadora o proveedora de servicios.
Con estas medidas, se persigue proporcionar una mayor protección ante los ciberfraudes como el 'phishing' y sus variantes 'smishing' (SMS) y 'vishing' (llamadas telefónicas) y evitar el spam telefónico, a través del bloqueo de llamadas y mensajes móviles sospechosos de estafa. Según los datos del Ministerio del Interior, solo en Andalucía los casos de ciberdelincuencia aumentaron un 313% desde 2019 a 2023.
La norma se aplica a llamadas realizadas dentro de España o que se reciban en España procedentes del extranjero. A partir del 7 de junio de 2025, se prohibirán la numeración de teléfonos móviles para la prestación de servicios de atención a la clientela y la realización de llamadas comerciales no solicitadas desde estos teléfonos.
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