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Aparte de las deducciones estatales, los contribuyentes andaluces pueden aplicarse en su declaración de la Renta 2023 una serie de deducciones autonómicas. La Junta señala que la mayor parte dependen de circunstancias de carácter personal que el ciudadano deberá hacer constar en el borrador para ... poder benefeciarse de ellas.
Los andaluces pueden aplicarse en el tramo autonómico de su declaración del IRPF deducciones por alquiler o adquisición de vivienda, por nacimiento de hijo o por discapacidad. También las hay por contratación de ayuda doméstica, por residir en un municipio con riesgo de despoblación, por formación en idiomas o nuevas tecnologías, por aportaciones a la protección del medio ambiente y a la lucha contra el cambio climático o por adquisición de participaciones empresariales, entre otras.
La deducción por adquisición de vivienda habitual es de un 5%, hasta un máximo de 9.040 euros. Para tener derecho a la misma debe concurrir alguna de las siguientes condiciones:
- Que la vivienda tenga la calificación de protegida de conformidad con la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Que el adquirente sea menor de 35 años.
Las deducción por alquiler de vivienda habitual es de un 15% de la cantidad satisfecha en el periodo impositivo para menores de 35 años, mayores de 65 años y víctimas de terrorismo o violencia doméstica. El importe máximo de deducción por alquiler será de 600 euros anuales, con carácter general, y de 900 euros anuales, en el caso de que el contribuyente tenga la consideración de persona con discapacidad.
La deducción es de 200 euros por cada hijo nacido, adoptado o en acogimiento familiar y de 600 euros en caso de una adopción internacional, además de la deducción por nacimiento se duplica en el caso de residentes en municipios con problemas de despoblación (menos de 3.000 habitantes). Del mismo modo, también existe una deducción de 200 euros para las familias numerosas (y 400 si es de categoría especial), y de cien euros para las familias monoparentales (y otros cien euros por cada ascendiente mayor de 75 años que resida con el contribuyente).
Existen deducciones por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, de informática o de ambas, con un límite máximo del 15% por cada hijo (hasta 150 euros), por discapacidad (150 euros o 100 euros si el cónyuge tiene una discapacidad del 65% o más, y cien euros más por cada hijo o ascendiente con discapacidad que viva con el contribuyente).
La deducción le corresponderá al contribuyente que se haga cargo de estos gastos educativos y, en el caso de que se compartan, se aplicará sobre la base de las cantidades que cada declarante aporte, con el límite máximo de 150 euros anuales por cada descendiente.
Los contribuyentes andaluces pueden deducirse por la contratación de ayuda doméstica y para asistencia de discapacitados un 20%, hasta un máximo de 500 euros.
En Andalucía, también se contempla una deducción de 150 euros por cada contribuyente que tenga la consideración de persona con discapacidad (en grado igual o superior al 33%). De 100 euros para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad (que no sea declarante del IRPF y una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100);
Existen otros conceptos que se pueden aplicar en la Decaración de la Renta 2023 si vives en Andalucía. Son los siguientes: por gastos de defensa jurídica en procedimientos de despido o reclamación de cantidades (hasta 200 euros), o por donaciones para la defensa y conservación del medio ambiente (10%, hasta un máximo de 150 euros).
Aquí se puede consultar el Documento resumen sobre tarifa y beneficios fiscales autonómicos 2023.
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