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Así cotiza el SEPE a la Seguridad Social por un parado mientras está cobrando la prestación por desempleo

Así cotiza el SEPE a la Seguridad Social por un parado mientras está cobrando la prestación por desempleo

El organismo gestor es el encargado del ingreso de las cotizaciones y el que, además, asume la aportación empresarial

Miércoles, 31 de julio 2024, 00:02

Las circunstancias que pueden dejar a un trabajador en la calle son diversas, pero ya sea por un despido o porque el contrato ha concluido, si queda en paro y reúne los requisitos mínimos para acceder a la prestación contributiva por desempleo sigue cotizando. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado del ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social y el que, además, asume la aportación empresarial y le descontará del importe de su prestación el 100% de la cuota que le corresponda. Esto significa que aunque el encargado de pagar las cotizaciones a la Seguridad Social es el SEPE, sólo abona las que corresponden a la empresa, ya que es el propio trabajador el que paga las suyas, quedando descontadas del importe de la prestación al que tenga derecho.

En el caso de que el trabajador haya accedido a la prestación por la extinción de su contrato de trabajo, cotizará a la Seguridad Social por las contingencias comunes de jubilación, invalidez permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, protección a la familia y asistencia sanitaria. «No cotizará por desempleo, accidente de trabajo y enfermedad profesional, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional», subraya el SEPE. Esto significa que mientras se cobra el paro, el beneficiario tiene garantizada la asistencia sanitaria y esos meses cuentan en la vida laboral como cotizados para la jubilación y también sirven para las prestaciones de viudedad, maternidad, paternidad.

Al importe bruto de la prestación que reciba el desempleado se le aplicarán dos tipos de deducciones: por un lado, la cotización a la Seguridad Social (el 4,7% de la base reguladora hasta el 31 de diciembre de 2022, y el 4,82% a partir de este año 2024 con el aumento del 0,12% por la aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional-MEI). Además, por otro lado, se le aplicará la retención a cuenta del IRPF.

Cuánto se cobra de paro

El importe de la prestación contributiva por desempleo es un porcentaje de la base reguladora del trabajador y ésta es el promedio de las bases de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (excluida la retribución por horas extraordinarias) correspondientes a los últimos 180 días cotizados anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. Es decir, se calcula la media diaria de las bases de cotización que ha tenido el trabajador durante los últimos seis meses cotizados.

Una vez obtenida la base reguladora, la prestación por desempleo sólo será un porcentaje de ella. Así, en 2024, durante los primeros seis meses, el importe diario que cobrará de paro el trabajador será el 70% de la base reguladora que tenga. A partir del séptimo mes (día 181) y hasta el final de la prestación, el paro se reduce hasta el 60% de esa base (antes era el 50%).

Pero, por mucho que haya cotizado un trabajador, el Gobierno también determina la cantidad máxima que percibirá, estableciendo un límite. El valor del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), indicador creado en 2004 como índice de referencia para la concesión de ayudas y subsidios en función de los ingresos. Ese valor es determinante a la hora de acceder a becas, ayudas para la compra o alquiler de vivienda, el bono social eléctrico, el paro, el subsidio de desempleo, la Renta Activa de Inserción (RAI) y el subsidio para mayores de 52 años.

El aumento del IPREM también afecta a la prestación contributiva por desempleo. Y es que, aunque la cuantía final depende de la base reguladora (vinculada al salario), las prestaciones tienen un importe limitado y las cuantías máximas y mínimas quedan definidas por el IPREM. Por tanto, si éste sube, la cuantía subirá. Así, la prestación contributiva por desempleo sitúa sus cuantías mínimas en los 560 euros mensuales y la máxima en los 1.575 euros al mes, tal y como recoge el SEPE.

Derecho a paro

El derecho a paro se genera cuando se ha cotizado 360 días por desempleo, lo que permitirá al trabajador cobrar esta prestación contributiva durante cuatro meses. A más meses cotizados más tiempo para el cobro del desempleo hasta un máximo de dos años.

Actualmente, el IPREM mensual es de 600 euros. De esta forma la cuantía mínima de prestaciones por desempleo para 2024 es de 560 euros (sin hijos) y de 749 para personas con hijos a su cargo, y la máxima, de 1.225 euros para personas sin hijos, de 1.400 euros para personas con un hijo y de 1.575 euros para personas con más de un hijo a su cargo.

Como el importe de la prestación por desempleo se calcula según la base reguladora, para poder cobrar el máximo de paro es imprescindible cotizar durante los últimos seis meses anteriores a la solicitud del paro por una base de, al menos, 2.248,12 euros brutos al mes. Además, sería necesario tener dos hijos o más a cargo. En resumen, ambas circunstancias permitirán a esta persona desempleada cobrar la cuantía máxima de paro (1.575 euros mensuales), es decir, el 225% del IPREM.

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