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La Campaña de la Renta 2023 arranca este miércoles 3 de abril y, desde esta fecha, se puede acceder al borrador de la declaración que la propia Administración elabora de manera automática y que el contribuyente puede confirmar y enviar si está de acuerdo.
Este ... borrador está disponible en el portal Renta Web y para obtenerlo será imprescindible tener a mano el número de referencia (no será valido el de la campaña anterior). Este permite acceder a los distintos servicios disponibles para cada campaña, desde solicitar cita previa hasta obtener el borrador y presentar la declaración de IRPF, siempre que suponga como resultado una devolución o un ingreso con domiliciación.
El número de referencia se puede obtener mediante certificado electrónico, DNIe, Cl@ve, o desde la app AEAT aunque también es posible conseguirlo mediante la casilla 505 de la declaración de la Renta 2022. No obstante, si el sistema detecta que el usuario no fue declarante de Renta 2022 o el importe de la casilla 505 fue cero, se solicitará los 5 últimos dígitos del IBAN del contribuyente.
Una vez anotado el número de referencia, dentro del portal Renta Web hay que dirigirse a «Gestiones destacadas» y pulsar en «Servicio de tramitación borrador /declaración», donde se podrá consultar el borrador, modificarlo o presentar la declaración.
Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), recomiendan a los contribuyentes revisar todos y cada uno de los apartados del borrador. De igual manera, si Renta Web indica que se pueden trasladar datos fiscales a la declaración, antes de hacerlo se debe comprobar que los datos son correctos.
La OCU también recuerda que algunos contribuyentes con determinados ingresos no están obligados a presentar la declaración, en este caso, aconseja valorar si de todas formas vale la pena presentarla porque sale a devolver o por otras circunstancias como la obtención de ciertos beneficios fiscales. Se puede comprobar usando Renta Web o la app AEAT donde, además, se podrá verificar si realmente no existe obligación de presentar la declaración, ya que en este caso en el programa aparecerá el aviso de «NO OBLIGADO».
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Se debe valorar si conviene presentar la declaración de manera individual o conjunta. Para ello, se puede incluir en Renta Web el número de referencia o Cl@ve PIN del cónyuge (y los de los hijos menores de edad que tuvieran rentas) y comprobar qué opción resulta más rentable y actuar en consecuencia pulsando en el botó de «Resumen de Declaraciones».
Sobre todo si en el último año se han producido cambios de domicilio, si te has casado o divorciado, has tenido un hijo o has tenido mayores a tu cargo, si el interesado o algún familiar por el que se aplica el mínimo familiar (descendientes, ascendientes) ha obtenido en 2023 el certificado de discapacidad o ha aumentado un grado de discapacidad ya reconocido, entre otros casos.
Se deben revisar los ingresos que se declaran por los inmuebles que no se tienen alquilados y también por los que se tienen alquilados. Del mismo modo, si en 2023, el contribuyente ha transmitido bienes (por venta o donación…), hay que declararlo.
También resulta aconsejable conocer las deducciones autonómicas a las que se tiene derecho, que pueden ser diferentes en cada comunidad, para incluirlas en el borrador antes de tramitarlo, así como revisar otras posibles deducciones por gastos del trabajo (cuotas sindicales, las cuotas de colegios profesionales, cuando la colegiación sea obligatoria para desempeñar el trabajo), deducciones familiares, por maternidad, etc.
Los contribuyentes que prefieran que la Agencia Tributaria les confeccione la declaración de manera presencial o por teléfono deben solicitar cita previa y tener en cuenta estas fechas:
Desde el 29 de abril al 28 de junio, se podrá solicitar cita previa para que la Agencia Tributaria confeccione la declaración de la Renta por teléfono. La cita previa se podrá pedir por internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Desde el 7 de mayo al 1 de julio, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración por teléfono a los contribuyentes que hayan solicitado cita previamente.
Desde el 29 mayo al 28 de junio, las personas que deseen que la Agencia Tributaria les confeccione la declaración de manera presencial en sus oficinas podrán solicitar cita previa desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio por Internet o en los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
Desde el 3 de junio hasta el 1 de julio, la Agencia Tributaria confeccionará la declaración de Renta 2023 presencialmente en sus oficinas a los contribuyentes que hayan reservado cita previa.
Sea como sea, la fecha límite para presentar la declaración será el 1 de julio, con la excepción de las declaraciones que hayan dado a ingresar o devolver y para las que se haya optado por la domiciliación del pago cuyo plazo expira el 26 de junio.
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