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La subida de los tipos de interés trae de cabeza a los hipotecados que firmaron un préstamo a tipo variable, ya que en los últimos meses no han dejado de sufrir aumentos en sus mensualidades.
El Real Decreto-ley 19/2022 contemplaba una serie de ... medidas para aliviar la carga de las hipotecas en el caso de cumplir determinados requisitos. Pues bien, el recientemente publicado Acuerdo del Consejo de Ministro de 27 de diciembre modificó el Código de Buenas Prácticas de medidas urgentes para deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad, «algo que permitirá que más personas puedan beneficiarse de esas medidas», subraya el Banco de España.
En este sentido, aclara que se flexibiliza el requisito relacionado con los ingresos de los miembros de la unidad familiar y lo eleva hasta un máximo de 4,5 veces el IPREM anual de 14 pagas (37.800 euros para 2024). Hasta 2023, los ingresos no podían superar a las 3,5 veces.
Este límite podrá ser de 5,5 veces el IPREM anual de catorce pagas (46.200 euros para 2024) si en la unidad familiar alguno de sus miembros tiene declarada discapacidad superior al 33 %, situación de dependencia o enfermedad acreditada que le incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral. Hasta ahora, este límite era de 4,5 veces.
Y podrá ser de 6,5 veces el IPREM anual de catorce pagas (54.600 euros para 2024) si el deudor hipotecario es una persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, o una persona con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, así como en los casos de enfermedad grave que incapacite a la persona, o a su cuidador, para realizar una actividad laboral. El límite anterior era de 5,5 veces.
El valor del IPREM, indicador creado en 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como índice de referencia para la concesión de ayudas y subsidios en función de los ingresos, se establece en los Presupuestos Generales del Estado. En 2023, el IPREM aumentó un 3,6%, de tal modo que pasó de los 579,02 euros mensuales a los 600 euros. En 2024 se mantiene igual.
En caso de cumplir alguno de los requisitos y poder acogerse a la novación, se podrá optar, según este organismo regulador, entre la opción A y la B:
Si se elige la opción A, se podrá escoger una de las siguiente posibilidades o las dos de entre:
-Ampliar el plazo de amortización hasta un máximo de 7 años (sin extender su duración total por encima de 40 años).
-Fijar la cuota hipotecaria por un periodo de 12 meses, como máximo, a la cuota existente a 1 de junio de 2022.
Si se escoge la opción B, se podrá cambiar de tipo variable a fijo.
Por último, los clientes bancarios que no puedan acogerse al Código tiene la opción de beneficiarse de medidas de ayuda como la exención durante 2024 del pago de comisiones en los casos de amortizaciones anticipadas de la hipoteca y el cambio de tipo de variable a fijo o a mixto con un primer tramo de al menos 3 años.
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