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Después del baile de fechas que hay sobre la mesa para determinar el plazo límite para reclamar los gastos hipotecarios «abusivos» que asumieron los clientes (sin corresponderles, tal y como después resolverían los tribunales) que compraron una vivienda antes de 2019, la Asociación de Usuarios ... Financieros (Asufin) ha salido al paso para aclarar que aún hay margen para hacerlo.
Hay que recordar que en diciembre de 2015, una sentencia del Tribunal Supremo consideró «nulo» que los bancos impusieran a sus clientes la totalidad de los gastos de formalización, pero no concretó el porcentaje que debía asumir cada parte, con lo que quedó al criterio de las diferentes audiencias provinciales, que en su mayoría consideraron que los bancos tenían que pagar todos los gastos de la operación.
Después de varias sentencias del propio Tribunal Supremo y una del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en enero de 2019 se fijaron definitivamente los gastos que los bancos tenían que devolver a los clientes: por un lado, debían abonar la totalidad de las cantidades pagadas en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación y, por otro, también tenían que asumir la mitad de los gastos notariales.
Según la normativa, el plazo de prescripción para poder reclamar judicialmente es de cinco años, aunque surgieron dudas por el lapsus de tiempo de la pandemia en que se suspendieron los plazos judiciales. Para su aclaración, el Tribunal Supremo elevó una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), pero todavía no se ha pronunciado, lo que ha dado lugar a diversas interpretaciones. «Nos parece una solución prudente de cara a no crear más inseguridad jurídica en torno al tema. Antes que una sentencia confusa en contra de los consumidores preferimos que el Supremo consulte al TJUE, aunque esto suponga que tengamos que esperar un poco más», expresa la presidenta de Asufin, Patricia Suárez.
Así, algunas entidades están denegando las reclamaciones que presentan los clientes, alegando que el plazo de reclamación ya ha prescrito. Y es que salvo que el TJUE se pronuncie en contra, el plazo de cinco años empezó a computar el día en que el Tribunal Supremo estableció que las cláusulas que atribuían al consumidor el pago de todos los gastos del contrato eran abusivas y fijó el criterio de cómo debían distribuirse esos gastos, es decir, el 23 de enero de 2019. Por tanto, el plazo para reclamar habría finalizado el día 23 de enero de 2024.
La controversia actual surge sobre si los periodos procesales que quedaron suspendidos durante el estado de alarma en 2020 habría que sumárselos a ese plazo o no y, por tanto, prorrogar 82 días el periodo de reclamación. Para la representante de los usuarios financieros no hay dudas. En su opinión, «el periodo para reclamarlos se alargaría hasta abril de este año» porque esa suspensión de los plazos por el coronavirus «nadie la puede negar». «A la sentencia del Supremo, tendríamos que sumar 82 días más por la suspensión judicial durante la pandemia, lo que nos da la fecha del 14 de abril».
Las cantidades que abonaron los hipotecados de forma indebida -unos ocho millones, según cálculos de Asufin- oscilan entre 1.500 y 3.000 euros de media que no tiene en cuenta los intereses legales y que esta asociación anima a reclamarlos también.
Hay que tener en cuenta que con la aprobación de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario en 2019, a la hora de contratar un préstamo hipotecario, las entidades financieras obligaban a sus clientes a pagar todos los gastos derivados de la operación. Sin embargo, a partir del 16 de junio de 2019, con la entrada en vigor de esa nueva normativa, se estableció la imputación de los gastos hipotecarios a los bancos, por lo que ya no procedería la reclamación de gastos para hipotecas firmadas después de esa fecha.
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