Para aquellos estudiantes que tengan que irse fuera y precisen de una vivienda solo para residir durante el curso, la modalidad de alquiler por temporada es la mejor opción. Pero, como apunta Consumo Responde, servicio público de la Junta de Andalucía, este tipo de alquiler tiene unas particularidades concretas y ciertos aspectos a tener en cuenta antes de formalizar el contrato.
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La principal característica que lo diferencia de otros alquileres es que la duración del contrato es por un tiempo límite que permita cubrir la necesidad de vivienda de la persona arrendataria (estudios, temporada vacacional, trabajo...)
Por ello, Consumo Responde subraya que es fundamental que el tiempo de estancia en la vivienda, que suele ser la duración del curso académico, quede especificada en el contrato, dejando claro que no se busca la ocupación indefinida del inmueble o destinarlo a vivienda habitual. En el contrato, también debe constar el domicilio habitual de la persona arrendataria y la dirección donde está empadronada, así como una descripción del motivo del alquiler temporal. Por su parte, el precio del alquiler deben acordarlo ambas partes, que además pueden pactar cualquier tipo de garantía adicional.
Si la formalización del contrato fuera a través de una empresa de arrendamiento, como una inmobiliaria, es importante que la persona arrendataria solicite una copia del Documento Informativo Abreviado de la vivienda.
Según se refleja en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la fianza en el caso de los alquieres por tiempo concreto es de dos meses de renta, y no de uno como ocurre en los arrendamientos de vivienda habitual.
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Consumo Responde aconseja que la fianza se deposite en el correspondiente organismo de la Administración Autonómica. En Andalucía, la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) es el organismo instrumental de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, y se encarga de la gestión en esta materia.
Aparte de las particularidades de los arrendamientos temporales, antes de alquilar un piso donde residir durante el curso escolar, la persona arrendataria debe recabar la máxima información de la vivienda, comparar precios entre diferentes opciones y sospechar de precios excesivamente bajos, ya que podría tratarse de una estafa.
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También debe asegurarse de que la persona que alquila el piso es efectivamente la propietaria, para lo que se puede solicitar una nota simple en el Registro de la Propiedad.
Antes de firmar el contrato o al pago la fianza o renta mensual, Consumo aconseja que la persona arrendataria visite la vivienda y compruebe su estado, si los suministros (agua, luz, gas) están dados de alta y si vienen incluidos en el precio final del alquiler. Asimismo, debe fijar en posibles desperfectos y, de haberlos, anotarlos o fotografiarlos para que quede constancia de los mismos.
Una vez que se empiece a residir en la vivienda y a formalizar los pagos, resulta fundamental conservar cada uno de los recibos o justificante de pago.
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