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Martes, 20 de julio 2021, 18:08
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este mes la ley por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego, aprobada de forma definitiva el pasado 30 de junio en el Congreso de los Diputados, y que entró en vigor el domingo 11 de julio.
Entre las medidas contempladas en la ley se incluye la limitación de los pagos en efectivo para determinadas actividades, reduciéndolo de los actuales 1.500 euros a 1.000 euros en operaciones entre profesionales o empresarios, mientras que para particulares el límite es de 2.500 euros. Además, se reduce de 15.000 a 10.000 euros el límite para particulares con domicilio fiscal fuera de España.
Junto a España, otros países de la Unión Europea han establecido un límite de pago en efectivo. Italia fijó el año pasado un máximo de 2.000 euros, que desde el 1 de enero de 2022 será 1.000 euros. En Francia, el límite está instalado también en los 1.000 euros para residentes desde 2015, si bien los no residentes pueden abonar hasta 15.000 euros en efectivo. Alemania, por su parte, no fija límites, pero las personas que deseen pagar más de 10.000 euros en efectivo deberán estar registradas.
La nueva ley también prohíbe las amnistías fiscales y amplía el listado de morosos publicado cada año por la Agencia Tributaria, que rebaja de un millón a 600.000 euros el umbral de deuda para aparecer en la lista e incluirá también a los responsables solidarios de la deuda.
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