La ingeniería fiscal que en muchas ocasiones se vincula a los grandes patrimonios también pasa por anticipar todo tipo de estrategias cuando muy pocos contribuyentes -los millones de españoles de renta media y baja- saben que lo tienen que hacer. Seguir este tipo de estrategias ... fiscales puede suponer a cualquier ciudadano un buen ahorro en impuestos y, sobre todo, les permite quitarse de encima más de un susto cuando tenga que rendir cuentas ante Hacienda en la primavera del próximo año, en mitad de la campaña de la Renta.
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Los ricos mueven sus piezas patrimoniales estos días, antes de que finalice 2024, para dejar cuadradas sus cuentas. Porque el día 31 vence el plazo. A partir de entonces, la declaración del IRPF está cerrada hasta su liquidación en abril, mayo o junio. Los asesores fiscales recomiendan a todos los contribuyentes llevar a cabo varios movimientos a estas alturas del año, más aún cuando 2025 llegará con varios cambios en los impuestos.
Si adquirió su vivienda habitual antes de 2013, puede seguir aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual. Realizar pagos adicionales a la hipoteca antes del cierre del año le permitirá deducir hasta el límite máximo permitido (9.040 euros). Además, de acuerdo con un novedoso criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central, si no aplicó la deducción antes de 2013 porque no estaba obligado a presentar IRPF, no le impide aplicarla en años posteriores.
Con la venta de su vivienda habitual realizada este año, puede beneficiarse de la exención de la ganancia patrimonial si reinvierte el importe en la compra de otra vivienda habitual en los dos años siguientes a la venta. Si se divorció y su excónyuge ocupa la vivienda que fue habitual del matrimonio, mantiene el derecho a la exención en caso de que la vivienda se venda, aunque usted ya no resida en ella.
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Al realizar aportaciones a un sistema de previsión social, el constribuyente podrá ahorrarse impuestos por cada euro que destine a este tipo de productos hasta el menor de los siguientes límites: un máximo anual de 1.500 euros. Ese límite se puede incrementar en 8.500 euros si el incremento proviene de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador.
Si ha tenido ganancias por la venta de elementos patrimoniales (acciones, inmuebles, etc.), revise si tiene pérdidas latentes que puedan compensar esas ganancias y venda antes del 31 de diciembre el elemento patrimonial con pérdida, reduciendo así la base imponible y, por ende, el impuesto a pagar. Y si tiene una pérdida patrimonial pendiente de compensar de hace cuatro años, puede plantearse transmitir un elemento patrimonial con ganancia para no perder la minusvalía.
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Si tiene pensado vender criptomonedas con beneficio, retrase su venta hasta el 1 de enero y diferirá la tributación un año y medio, pues incluirá la ganancia en la declaración de 2025, a presentar entre abril y junio de 2026.
Conviene valorar la distribución de dividendos de su negocio antes del día 31, porque el importe de los mismos no tributará hasta lo distribuido anteriormente, disminuyendo el valor.
Para deducirse gastos de su inmueble alquilado (pintar paredes o hacer mejoras), hágalo antes del 31 de diciembre para disminuir el rendimiento neto y minimizar la tributación por el arrendamiento. Además, los inquilinos deben verificar que a 31 de diciembre cumplen con los requisitos para aplicar alguna deducción autonómica por alquiler.
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