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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la orden ministerial de Hacienda por la que se aprueban los modelos de declaración de la Renta y del impuesto de Patrimonio para el ejercicio 2020. El 7 de abril, día en el que ... ya se puede obtener el borrador y los datos fiscales de la declaración, dará comienzo esta campaña, y durará hasta el 30 de junio.
En el documento explican que en el ámbito del IRPF no se han producido «novedades destacables desde el punto de vista jurídico que afecten al modelo de declaración» debido, según exponen, a que la situación de emergencia de salud pública ha determinado que las medidas normativas adoptadas se hayan orientado básicamente al plano sanitario, económico y social.
No obstante, desde el departamento que dirige María Jesús Montero reconocen que se mejora la información fiscal proporcionada al contribuyente en el apartado de los rendimientos del capital inmobiliario, como en el caso de inmuebles arrendados.
También se permitirá, por primera vez y de carácter voluntario, que los autónomos puedan trasladar directamente los datos al borrador. El objetivo es simplificar el trámite de trasladar los importes consignados en los libros registro del IRPF a las correspondientes casillas de este apartado del modelo, siempre que lleven sus libros de registro estén homologados por la Agencia Tributaria.
El decreto regula también la petición del borrador de declaración, las opciones para confirmarlo y los mecanismos para identificarse por vía electrónica ante el fisco, al igual que las condiciones para la cita presencial o telefónica.
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