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La campaña de la Renta entra en su recta final. Esta semana, los contribuyentes podrán empezar a solicitar, desde este jueves 27 de mayo, cita previa para hacer la declaración presencialmente en algunas de las oficinas de la Agencia Tributaria. No obstante, no será hasta el día 2 de junio cuando los técnicos de esta administración empezará a atender a los ciudadanos.
Está previsto que en toda la campaña se presenten 21.570.000 declaraciones, un 2,1% más que el año anterior. De ese total, se prevé que 14.330.000 den derecho a devolución, dos tercios del total y un 1% menos que el año anterior, por un importe de 10.857 millones de euros. A su vez, se esperan 5.960.000 declaraciones a ingresar, un 5,7% más, por importe de 12.976 millones.
En la campaña de la renta del año pasado, se presentaron un total de 316.900 declaraciones de la renta a través del servicio de asistencia presencial en oficinas, según los últimos datos recogidos por la Agencia Tributaria.
Este año como novedad, la Agencia Tributaria ha incorporado una nueva vía de asistencia a través del 'Informador' de Renta. Esta herramienta, accesible en la web dentro del apartado dedicado a la campaña, incluye todos los bloques informativos tradicionales de Renta, aunque reestructurados y sistematizados para poder ir ofreciendo la información que requiere cada contribuyente a partir de preguntas sencillas que realiza la propia herramienta.
-Por Internet, www.agenciatributaria.es, con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.
-En la app de la 'Agencia Tributaria».
-En el teléfono de cita previa, con atención personal, en los números de teléfono 901 22 33 44 o 91 553 00 71, de lunes a viernes y de 9.00 a 19.00 horas.
Confirmación por SMS o correo electrónico
Los contribuyentes que soliciten cita por teléfono o Internet, siempre y cuando elijan la opción de que le envíen SMS y hayan comunicado un número de teléfono móvil, se les enviará en el momento en que la cita quede registrada, un SMS con los datos del día, centro, hora y enlace a la documentación necesaria para confeccionar su Renta.
Los contribuyentes que soliciten cita por Internet, y elijan la opción de información también por correo electrónico, no recibirán un SMS, recibirán un correo electrónico con los datos de su cita y un enlace a la documentación.
Estos son los documentos necesarios para la realización de la declaración de la renta por teléfono o presencial:
-El número del DNI de todos los que figuren en la declaración.
-El número IBAN de cuenta bancaria.
-Las referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias (Recibo del IBI).
-Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).
-Justificante de las cantidades percibidas por seguros cancelados y que hayan sido contratados antes del 31 de diciembre de 1994.
-Cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal. Así:
Si vive en un inmueble alquilado necesita el NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler.
Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
Con hipoteca: recibos de los seguros.
Por donativos: los justificantes, etc.
Además, de los datos señalados anteriormente, debe preparar los documentos que se indican a continuación solo para el tipo de renta o rentas que el contribuyente haya percibido durante el año 2020 y que no se encuentren imputados en los datos fiscales disponibles.
-Rendimientos de trabajo
Certificado emitido por el pagador.
Documentación relativa al despido o cese: importe de la indemnización, fecha de acuerdo del despido o cese, de aprobación del expediente de regulación de empleo o de apertura del período de consultas a la autoridad laboral, en caso de despido colectivo.
-Rendimientos del capital inmobiliario
Hace referencia a alquileres de pisos, locales, plazas de garaje…de los que sea propietario o usufructuario. Debe preparar una relación y justificantes de ingresos (contratos…) y gastos deducibles (facturas…). No se confeccionan declaraciones de Renta con alquileres turísticos con plataforma.
-Rendimientos del capital mobiliario
Son necesario los certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos, etc, de los que haya percibido este tipo de rentas.
-Rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva (módulos)
Documentos acreditativos de los elementos o parámetros de la actividad utilizados durante el año. Según la actividad, por ejemplo, personal empleado, consumo de energía eléctrica, superficie del local, potencia fiscal del vehículo, ingresos, libros de bienes de inversión, etc.
-Ganancias y pérdidas patrimoniales
Documentación de fondos de inversión, premios y derechos de suscripción Justificante subvenciones percibidas.
Por venta de vivienda habitual:
• Escrituras de compra y de venta.
• Fechas de adquisición y transmisión.
• Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
• Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida
• Datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de venta.
Por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes (excluidos los adquiridos por donación o herencia), fondos de inversión, premios, etc.:
• Escrituras y/o documentación acreditativa.
• Fechas de adquisición y transmisión.
• Importes reales, gastos y tributos de compra y venta.
• Certificados de fondos de inversión
-Regularización
Por devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo
• Certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas
• Declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual, o se incluyeron dentro de los gastos deducibles de rendimientos de actividades económicas o capital inmobiliario.
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