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Martes, 15 de octubre 2024, 13:54
Giro de la Agencia Tributaria para seguir incrementando el control de los contribuyentes. El próximo año 2025, los parados que cobren prestación por desempleo tendrán que hacer la declaración de la renta -en este caso la correspondiente a 2024-, incluso si no alcanzan el importe ... mínimo para ello.
En concreto, Hacienda establece en 22.000 euros el límite exento para hacer la declaración si se tiene un solo pagador, o 15.876 con más de uno, siempre que la suma del segundo y el resto no superen los 1.500 euros anuales. Pero la nueva obligación aprobada a través de un Real Decreto-ley pone fin a estos umbrales en el caso de las prestaciones de los parados.
El Gobierno ya puso en marcha el pasado año una medida similar para autónomos, independientemente de lo que este colectivo ingresase, para que declaren lo que ganen, sea cual sea esa cifra. En el caso de los parados, quien no cumpla la norma se enfrentará a sanciones y, lo más importante, perderán la prestación. «En caso de incumplimiento la suspensión tendrá lugar cuando se detecte que las personas beneficiarias de prestaciones incumplen durante un ejercicio fiscal la obligación de presentar la declaración del IRPF en las condiciones y plazos previstos», señala el texto.
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