Renta 2021-22: Diez claves para sacarle el máximo partido a la declaración de este año

El sindicato de los técnicos de Hacienda (Gestha) recomienda no precipitarse en la confirmación del borrador

Miércoles, 20 de abril 2022, 00:24

El sindicato de los técnicos de Hacienda (Gestha) ha elaborado un decálogo de recomendaciones para sacarle el máximo partido a la declaración de la Renta de este año. Situaciones particulares de los contribuyentes, las novedades del ejercicio o el impacto del cobro de una prestación ... son algunos de los factores que determinan unas cuentas más o menos favorables.

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1. Evitar precipitarse

La experiencia es un grado y los técnicos de Hacienda han comprobado reiteradamente que el contribuyente se precipita en la confirmación del borrador en cuanto se lo descarga del Servicio Renta Web. Por eso, recomiendan dedicar un tiempo a revisarlo para repasar el índice del manual e incluir los importes que no figuran, como alquileres, las ayudas públicas recibidas y todas las deducciones y reducciones fiscales posibles.

2. Impacto de la borrasca 'Filomena' y el volcán de La Palma

Este año están exentas las ayudas excepcionales concedidas en los supuestos de fallecimiento y de incapacidad absoluta permanente causados directamente por la borrasca 'Filomena' y las ayudas concedidas por daños personales provocados directamente por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

Como consecuencia de la erupción del volcán de Cumbre Vieja, también se modifica la Ley del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2021, para incluir entre las causas de las exenciones de las ayudas públicas para reparar la destrucción de elementos patrimoniales causados por incendio, inundación, hundimiento, erupción volcánica u otras causas naturales.

3. Actuaciones de rehabilitación energética en edificios

Para este ejercicio y los siguientes también estarán exentas las ayudas y subvenciones para actuaciones de rehabilitación energética en edificios. En paralelo, se han aprobado nuevas deducciones:

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Deducción del 20% por obras de mejora hasta 5.000 euros que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración hasta 31.12.2022.

Deducción del 40% por obras de mejora hasta 7.500 euros que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable hasta el 31 de diciembre de este año.

Deducción del 60% por obras de rehabilitación energética hasta 5.000 euros (acumulada hasta 15.000 euros) de edificios de uso predominante residencial hasta el 31 de diciembre de 2023.

4. Alquileres de inmuebles

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El plazo para considerar cantidades de dudoso cobro las cantidades no cobradas en concepto de alquiler (que dan derecho a deducciones) se reduce de seis a tres meses. Además, los propietarios que no se incluyan dentro de la categoría de 'grandes tenedores' y que hayan acordado rebajas a empresarios o profesionales en la cuantía del alquiler de un negocio hasta marzo de 2021 verán cómo esas rebajas podrán computar como gasto deducible.

Recuerdan desde Gestha que el 15 de septiembre de 2021 el Tribunal Supremo fijó el criterio para determinar la amortización de inmuebles heredados o donados. Así, el coste de adquisición es el valor del bien en el Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones o su valor comprobado (excluido del cómputo el valor del suelo), más los gastos y tributos y, en su caso, las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos.

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Anteriormente el criterio de la Administración suponía que solo era amortizable para este tipo de bienes el importe satisfecho en su adquisición, lo que en la práctica implicaba que solo fuera deducible la amortización por los gastos (notaría, Registro…) y tributos (pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) relativos a la adquisición, y las inversiones y mejoras.

Por último, se ha modificado la Ley del IRPF para que la reducción por el arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda solo se pueda aplicar sobre el rendimiento neto positivo declarado en la autoliquidación.

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5. Medidas contra la crisis sanitaria provocada por el Covid-19

Baja de seis a tres meses el plazo necesario para deducir los saldos de dudoso cobro de deudores para empresarios que tengan la consideración de empresa de reducida dimensión (ventas el año anterior inferiores a 10 millones de euros) en los ejercicios 2020 y 2021.

Respecto a las actividades económicas en estimación objetiva ('Módulos') se permite renunciar a este sistema en 2021, pudiendo volver a aplicarlo al año siguiente, sin tener que esperar el plazo de tres años establecido. En 2021 aumenta del 5% al 20% la reducción prevista para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

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6. Cambios en los planes de pensiones

Para el ejercicio 2021, se ha reducido de 8.000 a 2.000 euros la cantidad máxima a deducir por planes de pensiones privados, de la misma forma que se ha elevado la posibilidad de deducirse cantidades de planes de pensiones empresariales a 8.000 euros anuales más. “La modificación apuesta por incentivar las contribuciones empresariales en lugar de las individuales realizadas por el contribuyente”, precisan.

Asimismo, se reduce de 2.500 a 1.000 euros anuales el límite máximo aplicable por aportaciones a sistemas de previsión social de los que sea partícipe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente.

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7. Subidas de los tipos de gravamen

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 modificó la escala general de gravamen de la base liquidable general de la Ley del IRPF. Esto solo tendrá efecto en las rentas altas: para el ejercicio 2021 entró en vigor un sexto tramo del IRPF, del 47% de tributación para todas las rentas comprendidas a partir de los 300.000 euros anuales. En función de la región y su tramo autonómico, en los casos de mayor tributación se puede llegar al 54%.

Igualmente, se ha creado un nuevo tramo a partir de los 200.000 euros anuales en la base liquidable del ahorro que es de un 13% en la cuota estatal y un 13% en la autonómica, es decir, de un 26%.

8. Deducciones por donativos para actividades de mecenazgo

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La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 relaciona las actividades prioritarias de mecenazgo y aumenta en un 5% las diferentes deducciones y los límites en la deducción por donativos.

9. Ingreso mínimo vital

Los técnicos concretan que la prestación del Ingreso Mínimo Vital está exenta, junto con las rentas mínimas de inserción y las demás ayudas para colectivos en riesgo de exclusión social de las comunidades autónomas o de las entidades locales, con un límite máximo anual conjunto de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples, siendo este límite en 2021 de 11.862,90 euros.

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En este sentido, añaden que los perceptores del ingreso mínimo vital y los miembros de la unidad de convivencia están obligados a presentar la declaración.

Sin embargo, dada la baja cuantía de estas prestaciones, Gestha "no ve lógico" que la simple percepción de este tipo de renta obligue a la presentación de la declaración, más aún cuando su importe total está exento, y en la mayoría de los casos la declaración no supondrá ingreso ni devolución, ya que no habrá rentas sujetas a retención. “Esta situación se mantiene incongruentemente desde el pasado año”, aseguran.

De igual modo, indican que esta percepción no da derecho a otro tipo de deducciones familiares (familia numerosa, familiares con discapacitados a cargo y monoparentales con dos hijos).

10. Menos recargos por presentar la declaración fuera de plazo

A partir del 11 de julio de 2021 se suavizó el sistema de recargos que fijaba la Ley General Tributaria por la presentación de declaración fuera de plazo sin requerimiento previo, estableciendo un recargo del 1% más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso sin intereses de demora hasta que hubiera transcurrido el periodo de 12 meses de retraso. Transcurridos los 12 meses, además de la aplicación de un recargo del 15%, comenzará el devengo de intereses de demora.

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