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Nuria Triguero
Viernes, 13 de septiembre 2019, 02:00
El Tribunal Supremo aclaró por fin anteayer qué deben hacer los jueces cuando se enfrenten a una petición de desahucio por impago de hipoteca ... : sólo podrán ejecutar el préstamo y por tanto quitarle la casa a los propietarios que lleven al menos 12 cuotas impagadas. Esta decisión de considerar abusivas -y por tanto nulas- las cláusulas que permiten ejecutar una hipoteca por un solo impago ha llegado tarde para decenas de miles de familias que perdieron sus casas durante la crisis. Pero en la provincia de Málaga hay personas que han podido conservar su vivienda gracias a que hay jueces que empezaron a aplicar este criterio bastante antes de que el Alto Tribunal fijara su posición.
Así, hace más de un año, en abril de 2018, un juzgado de primera instancia de Torremolinos ya dictaba el sobreseimiento de una ejecución hipotecaria que iba a dejar sin casa a un vecino de Benalmádena basándose en la abusividad de la cláusula de vencimiento anticipado. En un auto al que ha tenido acceso SUR, la magistrada Silvia Coll establecía la nulidad de dos cláusulas de dicho préstamo: la ya mencionada y la de interés de demora (que estaba fijado en el 19%). Previamente, en diciembre de 2015, el mismo juzgado había ordenado la ejecución hipotecaria a petición de la entidad financiera, a raíz de que el afectado llevaba cuatro meses sin pagar. Representado por la letrada Isabel Serrán, el hipotecado se opuso a esa orden de desahucio argumentando la abusividad de las citadas cláusulas. «Presentamos el escrito de oposición para obtener una suspensión de la ejecución hipotecaria y que así mi cliente ganara algo de tiempo, aunque él ya daba la casa por perdida», explica la abogada malagueña. Ganó más que eso: la jueza le dio la razón y concedió el sobreseimiento, de forma que el afectado pudo seguir viviendo en su casa. «Fue una decisión llamativa, ya que era bastante pionera en Málaga», apunta Serrán.
En su auto, la jueza Coll argumentaba su decisión recordando la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE), concretamente la sentencia de 14 de marzo de 2013, que «sin declararlo de manera expresa, dio a entender que una cláusula que preveía el vencimiento anticipado por falta de pago de alguno de los plazos, sin ser abusiva 'per se', podía considerarse como tal atendiendo a las circunstancias del caso». Para Coll, quedaba clara la consigna del TJUE a los tribunales: «Deben valorar si el ejercicio de la facultad de vencimiento anticipado por parte del acreedor está justificado, en función de los criterios antes expuestos: esencialidad de la obligación incumplida, gravedad del incumplimiento en relación con la cuantía y duración del contrato de préstamo y posibilidad real del consumidor de evitar esta consecuencia». Sobre estas bases, la cláusula controvertida «no supera tales estándares [...] puesto que ni modula la gravedad del incumplimiento en función de la duración y cuantía del préstamo, ni permite al consumidor evitar su aplicación mediante una conducta diligente de reparación».
En línea con Europa
Lo cierto es que en el frente hipotecario, los juzgados de la provincia han estado entre los más avanzados en la aplicación de la doctrina comunitaria de defensa del consumidor. Uno de los ejemplos más sorprendentes lo protagonizó en octubre de 2018 el Juzgado de Primera Instancia número 18 bis de Málaga, que declaró nula por falta de transparencia la cláusula un índice IRPH contradiciendo la doctrina del Tribunal Supremo. Sentencias 'rebeldes' también las ha habido relacionadas con el impuesto de las hipotecas.
Asociaciones de consumidores y abogados especializados en derecho bancario destacan el papel valiente y pionero que han desempeñado los juzgados malagueños en la defensa de los derechos de los consumidores frente a prácticas abusivas. En su día dictaron sentencias pioneras en cláusulas suelo y en su mayoría se alinearon con la tesis de la retroactividad total, que fue tumbada por el Supremo y después impuesta por el TJUE. También han tomado decisiones novedosas en relación a otras cláusulas, como la de apertura. Son asimismo numerosas las sentencias emitidas en Málaga que anulan los intereses de préstamos al consumo o tarjetas de crédito por considerarlos abusivos.
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