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Desde la Fundación Unicaja, presidida por Braulio Medel, alegan que todas las cantidades recibidas se ajustan a la legalidad: «Respecto del régimen contemplado para las antiguas cajas de ahorros (antes de su transformación en bancos en 2011) sobre la pertenencia de sus directivos a consejos ... de administración de otras empresas, y de las percepciones que a tal efecto les correspondieran, los directivos de Unicaja, incluido su presidente, siempre se desempeñaron dentro del marco normativo (estatal, autonómico y estatutario) vigente en cada momento y muy cambiante a lo largo del tiempo».
Sobre el estado del expediente abierto por la Consejería de Hacienda tras el informe del Banco de España, la institución mantiene que «ha atendido siempre, cumplida y debidamente, las recomendaciones y solicitudes de información recibidas de los supervisores». Una vez atendidas, «no se han recibido comunicaciones de actuaciones administrativas posteriores de ninguna índole, algo lógico ya que la conducta de la institución se ha ajustado siempre a la normativa legal y estatutaria aplicable».
En su respuesta al requerimiento de información de la Consejería, la Fundación ya reivindicaba en 2017 «la completa regularidad del actuar de Unicaja y la corrección jurídica de la percepción por su presidente ejecutivo (por entonces Medel) de las compensaciones asociadas a su condición de miembro del consejo de administración de sociedades participadas por Unicaja». Sobre el recordatorio de Hacienda de la limitación de la presencia en estos consejos a un máximo de ocho empresas, la institución considera que no debe computar la pertenencia al consejo de administración de Unicaja, de la Confederación Española de Cajas de Ahorros (por no tener naturaleza jurídica de sociedad mercantil o entidad cooperativa) y de Alteria (por tratarse de una sociedad participada íntegramente por la propia caja de ahorros).
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En su escrito, la Fundación también insistió en que los órganos competentes de Unicaja «tuvieron conocimiento previo de los nombramientos» de Medel como consejero en diferentes empresas: «Se trata, por tanto, de actividades realizadas en representación y/o interés de la entidad y plenamente ajustadas a la normativa aplicable en su momento, ya que ésta no impedía a los cargos ejecutivos de una entidad ocupar un puesto de consejero no ejecutivo en otra, pues lo que realmente se impedía era el desempeño de cargos ejecutivos en ambas».
Por último, la Fundación sostenía que iniciar cualquier procedimiento administrativo por estos hechos sería «conceptualmente imposible» por la «estricta aplicación de la doctrina de interpretación razonable de las normas jurídicas, que exime de responsabilidad (por ausencia de culpabilidad) a quienes actúan con la creencia racional y fundada de respetar la ley, como aquí sucede».
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En la Fundación no consta que la Junta haya archivado el expediente ni tampoco que haya continuado con el proceso, aunque entienden el silencio de la Consejería de Hacienda como la aceptación de la legalidad de los cobros.
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