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Este es el dinero que puede quedarse Hacienda de tus cuentas bancarias si no las usas

Este es el dinero que puede quedarse Hacienda de tus cuentas bancarias si no las usas

Transcurridos 20 años desde su último movimiento, el saldo pendiente pasará definitivamente al Tesoro Público

Susana Zamora

Lunes, 23 de mayo 2022, 13:36

Una cuenta que abren los abuelos y que con el tiempo se queda olvidada con un mínimo saldo o aquella que no se cierra tras fallecer su titular. Son solo dos ejemplos de las situaciones que dan lugar a que miles de cuentas bancarias en España acaben durmiendo el sueño de los justos y tras las cuales está Hacienda. «Después de 20 años sin movimiento alguno por parte del titular, el banco puede considerar la cuenta abandonada y, por ello, traspasar el dinero al Estado», avisa el Banco de España.

Previamente, debe asegurarse de que el titular no ha hecho ningún movimiento en ella y tiene que comunicarle con al menos tres meses antes de que cumpla el plazo de 20 años que no ha realizado gestión alguna en la misma. Sin embargo, advierte el organismo regulador de que esta notificación no se hará «cuando su coste supere, previsi­blemente, el importe de los fondos».

Si la notificación no es recibida, se publicará un anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con un plazo para reclamar el saldo de la cuenta o la titularidad de la misma.

Una vez cumplido ese periodo y los 20 años desde que tuvo lugar el último movimiento, la cuenta se considerará abandonada. En ese momento, se aplicará la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas y los fondos pasarán definitivamente a manos de Hacienda. Según datos de este Ministerio, en 2019 recaudó casi 12,6 millones, lo que representa un incremento de casi un 13% en comparación con los algo más de 11 millones que obtuvo por esta vía el año anterior.

En la gestión de una cuenta corriente, es aconsejable no dejar cabos sueltos. Si se deja de usar por las razones que sean, hay que comunicarlo a la entidad bancaria. «Para cancelar una cuenta no es suficiente con dejar el saldo a cero, es necesario dar instrucciones expresas, por escrito, a tu banco, solicitando la cancelación», asegura el Banco de España.

Por otra parte, aunque no haya movimientos en la cuenta, la entidad financiera podrá seguir cobrando comisiones de mantenimiento, si bien tiene que seguir cumpliendo con la obligación de enviar la información periódica y de las liquidaciones (extractos mensuales, justificantes de cada liquidación y el resumen anual de comisiones e intereses) y eso incluye las cantidades debidas.

No obstante, el Banco de España considera una mala práctica bancaria el cargo de intereses por el descubierto cuando éste se haya producido por culpa del cobro de comisiones de mantenimiento por la entidad financiera.

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