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«Estás haciendo limpieza en el trastero y encuentras una libreta de ahorro a nombre de tu abuelo, que falleció hace 25 años. En ella figura un saldo de 125.000 pesetas. Vas al banco y te dicen que esa cuenta estuvo operativa hasta hace ... cinco años, pero que el saldo a pasado a las cuentas del Estado ¿Es esto posible?». El supuesto lo plantea la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), quien a su vez resuelve el interrogante: con la ley en la mano, sí. La normativa establece que «corresponden a la Administración General del Estado los valores, dinero y demás bienes muebles depositados en la Caja General de Depósitos y en entidades de crédito, sociedades o agencias de valores o cualesquiera otras entidades financieras, así como los saldos de cuentas corrientes, libretas de ahorro u otros instrumentos similares abiertos en estos establecimientos, respecto de los cuales no se haya practicado gestión alguna por los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad en el plazo de veinte años». Por tanto transcurridas dos décadas, el dinero pasará a manos de las arcas públicas.
Y no estamos hablando de cantidades nimias. En 2021, último ejercicio del que hay datos, dichos fondos «abandonados» superaban los 32 millones de euros, de los cuales casi el 90% correspondió a saldo en metálico depositado en cuentas. La pregunta es, ¿cómo deben proceder las entidades bancarias antes de llegar a este desenlace? Como aclara la OCU, al primer paso debe ser intentar notificar de la inactividad al titular, «tratando de ponerse en contacto con él en la dirección que conste en sus registros, indicando cuál es la situación de esa cuenta y qué plazo queda antes de que se considere abandonada», sostiene la OCU. «Deben hacerlo como mínimo tres meses antes de que expire el plazo», agrega.
Tras ello, una vez comprobado y garantizado que no se ha realizado ninguna gestión en la cuenta durante esos 20 años, el banco tiene la obligación de comunicar los bienes en presunción de abandono. Si a pesar de ello las cantidades siguen sin ser reclamadas por los titulares o sus herederos, las entidades deben presentar una declaración de los bienes en presunción de abandono en el Ministerio de Economía y Hacienda antes de que finalice el primer trimestre del año siguiente. «Es precisamente ese organismo el encargado de declarar formalmente los bienes como abandonados. A partir de ese momento ese dinero pasa a manos del Estado», añade la OCU.
¿Qué puedes hacer para evitar que esto llegue a sucederte? La OCU aporta unos consejos: «De entrada, si cambias de residencia, comunica el cambio de domicilio a todas las entidades financieras donde tengas dinero o inversiones: así segurás recibiendo por correo información con lo que será más difícil perderles la pista«, explica.
Además, para evitar ser el único en tener las claves de acceso, desde la OCU recomiendan imprimir de vez en cuando información y guardarla con otros documentos. «Mantén un archivo ordenado donde recojas la información relativa a tus cuentas e inversiones: es una buena manera de facilitar las cosas a tus herederos», precisan.
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