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El Año Nuevo trae deberes para los bancos. Uno de ellos es proporcionarle a sus clientes durante este mes un informe con las comisiones y gastos cobrados por los servicios bancarios (sobre todo los intereses aplicados) durante el ejercicio anterior. «Recuerda que durante el mes ... de enero debes recibir la información anual de tu cuenta que las entidades tienen obligación de remitir», advierte el Banco de España en su blog. Un momento en el que el usuario, con los datos en la mano, podrá plantearse si le sigue interesando ese banco o es un buen momento para irse a otro.
Esta información, que se encuadra dentro de las buenas prácticas que recomienda el Banco de España, llegará por correo ordinario, salvo que el cliente haya renunciado expresamente a esta opción y prefiera comunicarse por medios telemáticos. De ahí, que el organismo regulador inste a revisar estos días la bandeja de entrada en la web o app del banco para acceder a este resumen anual.
Esta obligación está recogida en el artículo y reza: «Las entidades de crédito remitirán a sus clientes anualmente, durante el mes de enero de cada año, una comunicación en la que, de manera completa y detallada, se recoja la información prevista en esta orden sobre comisiones y gastos devengados y tipos de interés efectivamente aplicados a cada servicio bancario prestado al cliente durante el año anterior».
La información que todos los usuarios recibirán este mes se refiere a dos documentos: uno con la información de los servicios bancarios contratados, que debe recoger toda la información de préstamos o créditos, además de otros productos contratados, con un resumen detallado de todos los intereses cobrados y pagados, de las comisiones y de los gastos devengados por cada servicio bancario prestado durante el año anterior.
En el caso del documento de las cuentas, el banco debe facilitar el estado de comisiones, uno por cada cuenta contratada, en el que incluirán todas las aplicadas durante el año natural anterior por los servicios asociados, con importes unitarios y totales; también informará de los tipos de interés acreedor y de descubierto aplicados al saldo de la cuenta, y el importe total de los intereses devengados ese año.
Estos documentos serán enviados al titular de la cuenta bancaria. En el caso de que la cuenta tenga varios cotitulares, el banco deberá notificar individualmente a cada uno de ellos esa información, indicando el número total de cotitulares de cada servicio aunque «sin dividir los importes aplicados o cargados a cada cuenta u operación».
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