B. Castillo. Archivo

Aviso del Banco de España sobre cuentas abandonadas: el Estado se queda con el dinero tras este plazo

Hacienda ingresó en 2021 alrededor de 29 millones de euros procedentes, la mayoría, de las cuentas abandonadas en las entidades bancarias

Rossel Aparicio

Málaga

Lunes, 19 de junio 2023, 00:52

Ocurre por diversas circunstancias. Existen cuentas bancarias que, pasado un largo período de tiempo sin ningún tipo de movimiento, se declaran en presunción de abandono. En estos casos, si la cuenta en cuestión dispone de saldo, éste irá a parar directamente a las arcas del ... estado. No es un asunto baladí: de hecho, en 2021, -último año del que hay datos-, según confirma del Banco de España, Hacienda ingresó alrededor de 29 millones de euros «procedentes, la mayoría, de las cuentas abandonadas en los bancos y, en menor medida, de sociedades de valores, establecimientos de crédito y otras entidades financieras». Pero, ¿cuánto tiempo tiene que pasar para que el Estado asuma ese dinero y, por otro lado, ¿cómo deben actuar los bancos cuando detecten este tipo de situaciones?

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Tal y como informa el Banco de España en su blog, las cuentas se declaran en presunción de abandono si durante 20 años no se ha producido ningún movimiento. Y, pasado ese plazo de tiempo, el capital afectado irá a las arcas del Estado.

Cómo debe actuar el banco

¿Cuál es el protocolo de actuación de las entidades bancarias? En primer lugar, si existe una cuenta abierta en desuso, el banco tiene que informar de su existencia y advertir de que esta situación podría «generarnos gastos o perjuicios».

En los casos de cuentas en presunción de abandono, «el banco debe informar a los titulares como paso previo a la comunicación al Ministerio de Hacienda y Función Pública», advierte el Banco de España. Además de comprobar y garantizar que no se ha realizado ninguna gestión en dicha cuenta durante el plazo de 20 años, el banco deberá también notificar, al menos tres meses antes, mediante correo certificado o medio análogo a la dirección que conste en su registro, la situación de la cuenta y el plazo restante para considerarla abandonada». No será necesario este aviso cuando el coste de la notificación supere, previsiblemente, el importe de los fondos.

Por otro lado, la entidad también deberá «facilitar la certificación de que el dinero de la cuenta se ha entregado a la Administración General del Estado, con indicación expresa de la fecha de su declaración y de la delegación de Economía y Hacienda ante la que se ha presentado».

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¿Quién declara un saldo en presunción de abandono?

En este contexto, ¿a quién le corresponde declarar una cuenta bancaria en presunción de abandono? Dicha tarea no le corresponde al banco: «El órgano encargado de dictar la declaración de un saldo en presunción de abandono es la Dirección General del Patrimonio del Estado. Por lo tanto, si no estuviéramos de acuerdo con la declaración de un saldo en presunción de abandono y quisiéramos presentar una reclamación, debemos dirigirnos al órgano competente, que es el Ministerio de Hacienda y Función Pública (telf: 91 595 8165).

Consejos del Banco de España

Para terminar, el Banco de España lanza una serie de recomendaciones a los titulares de cuentas bancarias. Propone el organismo llevar un correcto control de nuestro saldo y, para ello, es necesario mantener actualizados nuestros datos de contacto. «Si en algún momento decidiéramos dejar de usar una cuenta, lo más conveniente será dar instrucciones expresas a nuestro banco, por escrito, solicitando su cancelación», sentencia.

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