Las redes sociales son un hervidero de quejas de autónomos que el 31 de enero se han llevado un susto al comprobar sus movimientos bancarios. Unos pagaban la cuota mínima de 293 euros y han pasado a pagar 325. Otros, beneficiarios de la tarifa plana ... de 60 euros, se han encontrado un cargo de 80 y algunos se han llevado un sobresalto mayor, ya que de esos 60 euros han pasado a pagar la cuota íntegra. Y todo ello, cuando ya está en marcha el nuevo sistema de cotización según ingresos, que prometía una bajada de cuotas para la mayor parte del colectivo de trabajadores por cuenta propia. ¿Qué ha pasado para que el año haya empezado con este desbarajuste?
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No hay una única explicación para el desconcierto que cunde entre el colectivo de profesionales por cuenta propia. En realidad han pasado varias cosas y «ninguna de ellas tiene que ver con el nuevo sistema de cotización», recalca el presidente de la Federación de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor.
Hay una subida que, como mínimo, han sufrido todos los autónomos que no se benefician de la tarifa plana: la que es producto de la aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), un nuevo impuesto que empieza a aplicarse en 2023 y cuyo objetivo es fortalecer el sistema de pensiones a largo plazo. Esta nueva cotización es de un 0,6% sobre la base de cotización de contingencias comunes. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, asumen el 0,1% y la empresa, el 0,5 %. Pero en el caso de los autónomos, ellos sufragan todo ese 0,6%: antes su cuota era del 30,6% de su base y ahora es del 31,2%. Así, los que tienen la base mínima, ahora pagan unos 6 euros más al mes: casi 300 euros en vez de 294.
Pero hay otros muchos autónomos cuya cuota no ha subido 6 euros sino bastante más: un 8,6% de diciembre a enero. ¿Por qué? Son los trabajadores del RETA que tienen activada la casilla de revalorización automática de la base reguladora. Quienes escogen esta alternativa van a ver cómo la base que escogieron aumentará cada año en la misma proporción en que lo hace la base máxima, con el consiguiente aumento proporcional de las cuotas que pagan a la Seguridad Social. Este año, el Gobierno ha aplicado una subida del 8,6% para reflejar la inflación del pasado ejercicio. Por eso los autónomos que tenían marcada la revalorización automática han pasado de pagar 294 euros (si tenían la cuota mínima) a 325 (incluyendo también el MEI). Esta actualización, remarca Amor, «es voluntaria», lo que ocurre es que hay autónomos que no eran conscientes de haberla aceptado, bien por despiste suyo o de sus gestores.
Pero la casuística dentro del colectivo de autónomos no se acaba aquí. Lorenzo Amor explica que hay trabajadores a los que en enero, «por error», la Seguridad Social no les ha respetado la tarifa plana de 60 euros. «Hay algunos a los que les han cargado 80 euros, que es lo que marca la nueva tarifa plana para los autónomos que se vayan dando de alta en 2023, pero no para los que ya estaban de alta a 1 de enero, que podrán seguir beneficiándose de la tarifa de 60 euros hasta que cumplan un año de actividad», explica el presidente de ATA. Otros beneficiarios de la tarifa plana se han llevado un susto mucho mayor, ya que en lugar de los 60 euros les han cobrado la cuota íntegra, es decir, casi 300 euros. Estos casos, remarca Amor, son «errores que tendrá que subsanar la Seguridad Social».
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El año ha comenzado, pues, movido para el colectivo de trabajadores por cuenta propia, que se enfrenta además a la adaptación al nuevo sistema de cotización según ingresos. Los autónomos ya pueden hacer su previsión de ingresos a través de Importass, el portal de trámites de la Tesorería de la Seguridad Social. «La mayor parte del colectivo, en torno a un 70%, se beneficiará de una bajada de cuota porque está por debajo del umbral máximo marcado para acogerse a la cuota mínima, que ahora es de 230 euros», apunta Lorenzo Amor.
Para integrarse en el nuevo sistema de cotización el trabajador autónomo hay que hacer una estimación de los ingresos mensuales que van a conseguirse este año. El resultado de esa estimación permitirá entrar en uno de los 15 tramos de ingresos que contempla la nueva ley. Cada uno de esos 15 tramos tiene bases mínimas y máximas de cotización entre las cuales el autónomo puede elegir la suya y sobre la que aplicar las cuotas a la Seguridad Social. Esta elección no tiene por qué ser definitiva: la ley le permite comunicar diferentes cambios de la base de cotización porque entiende que a lo largo del año la situación del autónomo puede variar. Así, los autónomos que quieran cambiar ahora su base tienen hasta el 28 de febrero para que tenga efecto el 1 de marzo.
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Finalizado el año, la Administración Tributaria facilitará a la Tesorería información sobre los rendimientos anuales reales percibidos. Si la cuota elegida durante el año resultase inferior a la asociada a los rendimientos comunicados por la Administración tributaria correspondiente, se notificará al trabajador el importe de la diferencia. Este importe deberá ser abonado antes del último día del mes siguiente a aquel en que se haya recibido la notificación con el resultado de la regularización.
Si, por el contrario, la cotización fuera superior a la correspondiente a la base máxima del tramo en el que estén comprendidos los rendimientos, la Tesorería procederá a reintegrar la diferencia antes del 30 de abril del ejercicio siguiente.
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