Con la nueva reforma laboral han desaparecido los contratos eventuales y por obra y servicio. SUR

Requisitos y ayudas a las autónomos para contratar a familiares

Los profesionales por cuenta propia que opten por ampliar plantilla con parientes tienen bonificaciones el primer año

Sábado, 18 de junio 2022, 12:30

A pesar de la incertidumbre económica por la guerra de Ucrania y la inflación, la situación del mercado laboral es mucho más positiva que en los dos últimos años. Los más de 3,3 millones de autónomos que hay en España, de los que 130. ... 000 están en la provincia, son una buena muestra de ello. La contratación está al alza. Los trabajadores por cuenta propia que quieran ampliar su plantilla pueden contratar a sus familiares y hacerles un contrato indefinido. Al formalizar un contrato indefinido de este tipo, los autónomos pueden acceder a una serie de bonificaciones que les serán favorables a la hora de gestionar su negocio.

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Para poder contratar a un familiar es indispensable, según el SEPE, que el contrato se suscriba con su propio cónyuge o bien con ascendientes, descendientes o demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado. Además, la persona a la que se vaya a contratar tendrá que estar inscrita en la oficina de empleo. El contrato que se formalice se tendrá que firmar como indefinido y podrá ser por jornada parcial o completa.

En cuanto a los requisitos que debe cumplir el autónomo para formalizar un contrato indefinido con un familiar figura el hecho de que no se pueden haber extinguido contratos de trabajo durante los doce meses anteriores, bien por causas objetivas o por despidos disciplinarios que el juez haya calificado como improcedentes. Durante los seis meses posteriores a la formalización del contrato, el autónomo tendrá que mantener el nivel de empleo de la persona contratada para poder acceder a la bonificación.

No se pueden haber extinguido contratos por causas objetivas durante los doce meses anteriores

A la hora de evaluar el nivel de empleo y su mantenimiento, no se tendrá en cuenta la extinción del contrato laboral por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes. Tampoco se tendrán en cuenta los despidos colectivos que no hayan sido declarados no ajustados a derecho, así como las extinciones causadas por dimisión, muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de los trabajadores o por la expiración del tiempo para la realización de la obra o servicio para la que se haya sido contratado. Cuando el profesional autónomo decide contratar de manera indefinida a un familiar y reúne los requisitos correspondientes, tendrá derecho a la bonificación del 100% en la cuota empresarial por contingencias comunes durante 12 meses.

Respecto al despido de los trabajadores contratados por un autónomo, el importe no sólo va a depender de la modalidad contractual, sino también de si es improcedente o no, del salario del trabajador y de su antigüedad. Independientemente de estas variables, con la entrada en vigor de los cambios en los requisitos para contratar con la nueva reforma laboral el pasado marzo, los expertos advierten de un encarecimiento del coste del despido.

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Así, para un mismo trabajador con un mismo salario, en el contrato fijo-discontinuo o el indefinido hay que pagar 20 ó 33 días de indemnización por año de servicio, mientras que en el temporal lo habitual eran 12 días. Al haberse restringido tanto el acceso de los empleadores a contratos temporales por las nuevas condiciones, los autónomos van a tener que afrontar a partir de ahora indemnizaciones más altas.

Así, la reforma laboral que entró en vigor el pasado 29 de diciembre introduce grandes modificaciones en los contratos a los que pueden optar los autónomos. En primer lugar desde el pasado 30 de marzo ya no existen ni los contratos por obra o servicio, ni los contratos eventuales, que eran las modalidades en las que estaban contratados la inmensa mayoría de los cuatro millones de trabajadores temporales que había por ese entonces en España.

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La desaparición de estas modalidades, según advierten los expertos, va a encarecer el despido ya que los autónomos se van a ver obligados a recurrir a contratos indefinidos o fijos discontinuos. De este modo, hay una modalidad de contrato por sustitución, que sirve tan sólo para sustituir al personal fijo en situaciones puntuales, como una baja por maternidad o unas vacaciones, y se ha creado una segunda modalidad temporal, el contrat'o por circunstancias de la producción, que puede ser previsible o imprevisible, que responde a causas más limitadas y se puede extender menos tiempo.

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