El recién estrenado año 2025 llega cargado de novedades para los más de 3,3 millones de trabajadores autónomos que hay en España, de los que más de 138.000 son malagueños. Los cambios afectan a las cotizaciones sociales, la facturación electrónica, la edad de jubilación. y los modelos que se presentan ante la Agencia Tributaria.
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En concreto, sobre este último aspecto, el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 9 de enero recogió diferentes cambios que afectarán a las declaraciones censales que tienen que presentar los trabajadores por cuenta propia ante Hacienda. Se trata de la eliminación del llamado 'modelo 037', procedimiento mediante el cual informaban de su alta, modificación o baja de forma simplificada.
Hasta ahora muchos autónomos utilizaban este modelo para presentar su alta ante Hacienda de una forma más sencilla y rápida que si presentasen el 'modelo 036'. A partir del próximo 3 de febrero, ya no podrán hacerlo.
La orden de Hacienda publicada en el BOE busca mejorar los servicios de asistencia al contribuyente, que eran la causa de que la Agencia Tributaria pusiera a disposición de los autónomos un modelo de alta, modificación y baja simplificado. Con las herramientas actuales, el fisco considera que este procedimiento podría hacerse de forma igualmente sencilla a través del 'modelo 036'.
El 'modelo 037' de Hacienda fue creado en 2007 para que los autónomos pudieran realizar su declaración de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de una forma simplificada. «Este modelo tenía apenas dos páginas, por las más de diez que tiene el 036, lo que agilizaba mucho su presentación», ha explicado al portal especializado 'Autónomos y emprendedor.es' Dolores Ortega, vocal de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (ASEFIGET).
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Sin embargo, «la presentación electrónica generalizada en estos modelos censales, así como el desarrollo tecnológico producido desde la aprobación del 'modelo 037' han permitido una notable ampliación y mejora de los servicios de asistencia al contribuyente», recoge el BOE.
No es el único cambio que llega en este nuevo año 2025. Entre otras modificaciones está la obligación por parte de los autónomos de informar sobre la titularidad real de los negocios desde el primer momento en el que se den de alta. Para ello, el 'modelo 036' incluye ya un apartado para aportar esta información o modificar los datos ante Hacienda.
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El 'modelo 036' de Hacienda corresponde al censo de empresarios, profesionales y retenedores. Por lo tanto, todos los autónomos están obligados a presentarlo al menos una vez, cuando se dan de alta y comienzan a desarrollar una actividad económica.
Asimismo, los autónomos también deben presentar este modelo cuando cambien alguno de los datos aportados a la Agencia Tributaria. Por ejemplo, el epígrafe de la actividad económica que desarrollan. Desde el próximo 3 de febrero, además, también podrán modificar los datos sobre la titularidad real de sus negocios, «siempre que estén constituidos como sociedad» ha puntualizado Dolores Ortega.
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El 'modelo 036' también sirve para comunicar a Hacienda el fin de la actividad económica y, por tanto, la baja en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando los autónomos se ven obligados a cerrar sus negocios.
Por su parte, sobre la jubilación, los profesionales por cuenta propia tendrán que estar muy atentos a las modificaciones sustanciales que se aplicarán en la edad de jubilación y en las condiciones para acceder a ella, que tienen algunas diferencias específicas respecto al régimen general.
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En concreto, según han explicado desde la firma Asesorías Turón, a diferencia del régimen general, los autónomos no pueden cubrir sus lagunas de cotización ni beneficiarse de cotizaciones ficticias. Sin embargo, sí podrán contabilizar el tiempo dedicado al servicio militar obligatorio, el servicio social femenino o la prestación social sustitutoria, con un máximode un año computable para el cálculo de la pensión.
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