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Llega el último trimestre del año y para los más de 3,3 millones de autónomos que hay en España, de los que más de 130.000 son malagueños, en estos tres últimos meses del año tendrán que hacer frente a más de una decena de obligaciones fiscales. Así, muchos tendrán que pagar el segunda plazo de la declaración anual de la Renta, si optaron por fraccionarla, tendrán que presentar la famosa autoliquidación trimestral de IVA; declarar los rendimientos obtenidos por sus viviendas turísticas, si las tienen; o abonar el IRPF fraccionado, si eligieron esta modalidad de pago.
Aparte de las habituales obligaciones fiscales, en esta última etapa del año, finalizan también otros plazos de los que tendrán que estar al tanto algunos negocios. Por ejemplo, según recoge el portal web Autónomos y Emprendedores, tendrán hasta octubre para darse de alta o de baja en la Cuenta Corriente Tributaria (CCT), que es un sistema pensado para compensar los impuestos y obligaciones pendientes de manera automática con las devoluciones.
Entre las principales fechas que deben anotar los autónomos para rendir cuentas con la administración tributaria está este lunes, 30 de septiembre. Es la fecha límite para presentar el modelo 303 de autoliquidación de IVA correspondiente al mes de agosto para todos aquellos autónomos que declaran mensualmente este impuesto.
Por su parte, en octubre habrá que completar los mismos modelos que en enero, abril y julio y la mayoría de ellos se concentran en un mismo momento: el lunes día 21. Aquellos autónomos o empresas que paguen a otros profesionales tendrán que ingresar a través del modelo 111 las retenciones de todas las facturas que abonaron durante el tercer trimestre. Asimismo, este modelo 111 también tendrán que presentarlo los empleadores para declarar las retenciones practicadas en los salarios de sus empleados entre julio y septiembre. El 21 de octubre también es la fecha límite para presentar el modelo 115, correspondientes a las retenciones de los alquileres del tercer trimestre de 2024. Están obligados a presentar este modelo todos los profesionales, empresarios individuales o sociedades que paguen alquileres por locales comerciales u oficinas.
Por último, habrá que hacer los pagos fraccionados de la Renta para autónomos que tributen por esta modalidad, a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos). Los autónomos societarios y empresas deberán presentar antes de esta fecha el modelo 202 del pago a cuenta del Impuesto de Sociedades, en el caso de que hayan elegido diferir el pago a lo largo del ejercicio.
Además, el día 21 finaliza el plazo para presentar el modelo 303, correspondiente a la autoliquidación de IVA del tercer trimestre de 2024, que tendrán que presentar la mayoría de trabajadores por cuenta propia.
Por su parte, los trabajadores por cuenta propia que presenten mensualmente su declaración de IVA tendrán hasta el día 30 de octubre para registrar el modelo 303 con la autoliquidación correspondiente a septiembre. El último día del mes es también la fecha límite para solicitar la inclusión para el año 2025 en la Cuenta Corriente Tributaria. Este sistema permite pagar las deudas pendientes que tenga el autónomo con Hacienda a través de sus devoluciones.
Por su parte, el 5 de noviembre es una de las fechas más importantes en el calendario fiscal de los autónomos ya que es el último día para ingresar el segundo plazo de la Renta anual si les salió a pagar y decidieron fraccionar el pago, como hace la mayoría. Si decidieron domiciliar el pago, también es importante para evitar recargos, estar atentos a esta fecha para tener dinero en la cuenta corriente.
El 20 de noviembre es el plazo límite para presentar el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias de octubre. Está sujeto a esta obligación cualquier autónomo o empresario que compre o venda bienes o servicios a otro país de la Unión Europea.
Por último, el lunes 2 de diciembre es el día límite para presentar el modelo 303 de autoliquidación de IVA correspondiente a noviembre para todos aquellos autónomos que declaran mensualmente este impuesto. El 20 de ese mes es la fecha límite que tendrán las pymes y autónomos societarios que estén obligados a declarar el Impuesto de Sociedades y hayan elegido diferir el pago en el año.
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