La Junta de Andalucía, con el objetivo de facilitar una práctica deportiva con las máximas garantías de seguridad sanitarias y en las mejores condiciones posibles, ha dado un paso más con la publicación en el BOJA de una orden de la Consejería de Salud y ... Familias, que permite dar cobertura legal a la vuelta de todo el deporte federado andaluz, y que modifica la adoptada el 19 de junio.
Publicidad
Una de las principales novedades es que con ello abre las puertas a la presencia de público sentado con localidades preasignadas con hasta un máximo de 65% del aforo o un total de 800 espectadores para competiciones al aire libre e, igualmente, no más del 65% del aforo y hasta 500 personas en las que se celebran en recintos cubiertos. Todo ello si hay un consetimiento previo de las autoridades sanitarias para la celebración del evento y un acuerdo con las federaciones deportivas en cuestión.
Esta nueva disposición puede afectar a más de 500.000 deportistas federados andaluces, que podrán volver a realizar entrenamientos, celebrar partidos amistosos y participar en competiciones de manera oficial. Estas medidas adoptadas se suman a las anunciadas previamente, como los test de anticuerpos a realizar con anterioridad al inicio de las competiciones en colaboración con las federaciones deportivas andaluzas, o el Manual del Deporte Andaluz 2020-2021.
En concreto, el Manual del Deporte Andaluz 2020-2021 lo publica hoy la Consejería de Educación y Deporte, para aclarar todas las dudas que los deportistas puedan tener en relación con el buen desarrollo de las actividades y competiciones deportivas, y que se puede consultar en: https://www.fundacionandaluciaolimpica.org/impulso-positivo/.
Además, la modificación de la Orden de 19 de junio de 2020 tiene como objetivo lograr un equilibrio entre la necesaria protección de la salud pública y el incremento de manera responsable de las posibilidades de práctica físico-deportiva, y aportar una mayor seguridad jurídica. La disposición permite la práctica siempre y cuando se tengan en cuenta condiciones de carácter general, como respetar las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.
Publicidad
En el caso de que la práctica deportiva se desarrolla en el ámbito del deporte federado andaluz (no nacional), ésta deberá llevarse a cabo cumpliendo lo establecido en los protocolos autorizados por las correspondientes federaciones deportivas andaluzas. Asimismo, si la naturaleza del deporte fuera de competición hace inviable mantener la distancia de seguridad establecida, en cualquier caso, debe limitarse el número máximo de deportistas y constituir grupos estables de no más de 25 deportistas en deportes colectivos y de diez deportistas en el resto de disciplinas.
En el caso de que la naturaleza del deporte en competición haga inviable mantener la distancia de seguridad establecida, se deben registrar los datos de los deportistas participantes y del personal técnico, para facilitar la trazabilidad por si resulta necesario realizar un rastreo.
Suscríbete durante los 3 primeros meses por 1 €
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Fallece un hombre tras caer al río con su tractor en un pueblo de Segovia
El Norte de Castilla
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.