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Restricciones Covid-19

Estas son las condiciones que deben cumplir los bares de Málaga para ofrecer música en vivo

El Área de Comercio elabora una guía para hosteleros, artistas y Policía Local con tres escenarios según el tipo de establecimiento

Jueves, 22 de abril 2021, 00:34

La polémica generada en las últimas semanas en Málaga a raíz de la huelga de hambre que durante varios días mantuvo el percusionista malagueño Mario Salazar para exponer las dificultades a la hora de tocar en directo en locales de la ciudad ha llevado al Ayuntamiento a elaborar una guía aclaratoria dirigida a hosteleros, artistas e incluso a la Policía Local en la que se explican las condiciones que desde mayo de 2020 hay que cumplir para que un establecimiento de la capital pueda organizar actuaciones de pequeño formato en su interior. Según este documento elaborado por el Área de Comercio y Gestión de la Vía Pública, hay tres escenarios posibles en función del tipo de local y de si tiene o no licencia para música en vivo, dependiendo del cual habrá situaciones en los que ni siquiera sea necesario solicitar autorización.

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1. Sin necesidad de autorización previa

No están sujetas a la tramitación de un nuevo permiso municipal actuaciones en formato acústico (sin amplificadores ni instrumentos de percusión), siempre que el local cuente con el nivel de aislamiento mínimo para los establecimientos hosteleros (65 debicelios), tenga espacio suficiente sin necesidad de quitar mesas y sillas, y la actividad concluya antes de las 23 horas. La normativa municipal, que toma como base el decreto autonómico que regula los espectáculos públicos, también exige que las puertas y ventanas estén cerradas para no generar molestias por ruida, aunque debido a la pandemia ahora sí que tienen que garantizar la ventilación del interior.

2. Bares con licencia de música

En el supuesto de bares con licencia de música, tampoco deben solicitar nueva autorización, pero para poder celebrar actuaciones en directo con amplificadores sonoros y de forma permanente sí que deben presentar una declaración responsable de actividades que se encuentra publicada en la web del Servicio de Aperturas marcando la casilla 'Ampliación de actividad'. A juicio de Comercio, ésta es la opción más favorable para estos locales, aunque también tienen la posibilidad de pedir permisos de forma puntual, hasta un máximo de 24 actuaciones en un año.

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3. Bares sin licencia de música

Más complicado lo tienen los negocios sin autorización previa para tener música en el interior. En estos supuestos, la mejor alternativa a ojos de Comercio es acudir a la solicitud de autorización previa para cada actuación concreta, siempre con el citado tope máximo de 24 a lo largo de un año y condicionado al cumplimiento de una serie de requisitos técnicos como el aislamiento acústico, contar con un limitador acústico o prueba de sonido y disponer de un sistema de retorno en las puertas. En la misma línea, también tienen la vía de aportar una declaración responsable para ampliar la actividad a establecimiento de hostelería con música, debiendo acreditar que tienen insonorizado el local o que van a realizar las obras necesarias para ello.

«Estas medidas las venimos aplicando desde mayo del pasado año, una vez que se le dio el visto bueno al borrador de la flexibilización del decreto planteada por la Junta, al considerarlo adecuado y conveniente para atender las nuevas situaciones generadas por la pandemia y para facilitar la recuperación del sector de la hostelería y, con él, de los espectáculos», afirma la concejala de Comercio, Elisa Pérez de Siles, quien respecto al caso del músico Mario Salazar remarca que sus actuaciones fueron canceladas porque los locales no habían solicitado la autorización municipal para dichos eventos.

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Del mismo modo, la edil precisa que el límite de espectáculos públicos y actividades recreativas extraordinarias que puede autorizar el Ayuntamiento de Málaga pasó, al aplicarse la flexibilización mencionada el año pasado, de 12 a 24 al año.

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