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José Rodríguez Cámara
Torremolinos
Martes, 6 de agosto 2024, 00:07
La junta de gobierno del Ayuntamiento de Torremolinos ha dado el primer paso para la aprobación de lo que, desde el Gobierno municipal, se ha definido como una «ordenanza puente». Se trata de la futura norma municipal destinada a regular la superficie mínima de una ... vivienda en la ciudad costasoleña. La alcaldesa, Margarita del Cid, firma el expediente con el que arranca este procedimiento y que es necesario si se quieren evitar, a corto plazo, situaciones de «infravivienda». El motivo, explican desde el Ayuntamiento, está en la anulación de la Justicia del Plan General de Ordenación Urbana y a la consecuencia derivada de esto: el de 1996, que es el último planeamiento en vigor antes del que tumbó el Supremo, y, por lo tanto, el aplicable en estos momentos, no establece un mínimo de metros cuadrados para conceder una licencia de primera ocupación.
El equipo de Gobierno ya ha puesto en marcha el trámite para contar con un nuevo planeamiento urbanístico, pero, a pesar de que hay un grupo dedicado en exclusiva a la elaboración de estos instrumentos (el Plan General de Ordenación Municipal y el Plan de Ordenación Urbana), las previsiones más optimistas no contemplan que el avance del nuevo planeamiento llegue hasta 2025; posteriormente, habría que hacerlo definitivo.
Para salir de este limbo legal, la Administración local quiere contar con estas instrucciones que regulen lo que puede ser considerado un hogar en condiciones de habitabilidad o no. Con la publicación de esta iniciativa en el Boletín Oficial de la Provincia, el Ayuntamiento toma la iniciativa y, además, llama a participar en el procedimiento de la nueva ordenanza a los ciudadanos en general y a organizaciones y asociaciones, que tienen de plazo veinte días, a partir del pasado 1 de agosto.
Nada más conocerse que el PGOU de hace cuatro años quedaba inactivo, la Administración local adelantó que se ponía a trabajar en un informe jurídico que aportara seguridad sobre los distintos escenarios posibles.
Como norma general, la sentencia en contra del PGOU, según se explicó a SUR, supone que los planes de desarrollo aprobados con el planeamiento que ha caído son nulos, aunque ello no es aplicable a las licencias expedidas. Por otra parte los sectores urbanísticos propuestos en el PGOU de 1996 se pueden desarrollar con el correspondiente plan parcial, esto es, el limitado a una zona concreta, y si se someten a una evaluación ambiental estratégica, circunscrita a la obra en cuestión.
También se han dado casos de proyectos que, aún sin licencia, se impulsan en un sector para el que el PGOU de 1996 y el de 2020 preveían las mismas condiciones, por lo que siguen su marcha con normalidad.
La decisión de que el Tribunal Supremo tumbaba el Plan General de Ordenación Urbana de Torremolinos se dio a conocer a finales del pasado mes de enero. Quedó así desestimado el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que, en 2021, anuló Plan General de Ordenación Urbana de Torremolinos aprobado en 2020. El motivo de este revés fue la ausencia del documento de Evaluación Ambiental Estratégica, esto es, el estudio mediante el cual se analizan los efectos que tienen o pueden tener los planes y programas, antes de su adopción o aprobación, sobre la naturaleza y el entorno.
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