La Junta de Andalucía ha declarado este jueves como Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT) a los municipios malagueños de Benalmádena, Fuengirola, Nerja y Torremolinos. Estas localidades son, junto a Marbella y Estepona, las primeras que han recibido esta catalogación siguiendo las novedades normativas introducidas por el Decreto ley de mejora y simplificación de la regulación económica aprobada por la Consejería de Transformación en 2020. La clasificación de ZGAT permite a los establecimientos comerciales minoristas radicados en estos municipios tener plena libertad para la designación de los días y los horarios de apertura en las áreas y durante los periodos reconocidos en esta figura.
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La nueva normativa contempla, entre otros aspectos, precisamente el carácter indefinido de la declaración de este instrumento, siempre que se mantengan los requisitos, eliminando así la tramitación de un nuevo procedimiento cada cuatro años. Asimismo, simplifica el procedimiento asociado a esta figura, de forma que las entidades locales ya no tienen que realizar trámites que estaban duplicados en el anterior marco legislativo.
Estas ciudades ya disponían de una ZGAT con anterioridad, en el periodo comprendido entre 2017 y 2020, y tras la finalización de su vigencia han iniciado otro procedimiento nuevo para solicitarlo, ya conforme a las modificaciones introducidas por el Decreto ley.
Así, las ZGAT aprobadas para los cuatro municipios de Málaga -Benalmádena, Fuengirola, Nerja y Torremolinos- se aplicarán a todo el término municipal durante la Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección ambos incluidos, y en el periodo estival, desde junio a septiembre.
En el caso de Torremolinos, además, la figura también se amplía a la Navidad, desde el 21 de diciembre al 7 de enero, ambos incluidos. Para la administración regional, esta declaración tendrá «efectos favorables» para los comercios de estas localidades, sobre todo en el actual contexto de pandemia, globalización de la economía digital y de los nuevos hábitos de consumo. Este instrumento permite incrementar y flexibilizar los horarios de apertura autorizados en domingos y festivos, así como adaptar la oferta de la actividad comercial minorista a la «cambiante demanda» de los consumidores.
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