Uno de los emisarios submarinos de Nerja, vertiendo directamente aguas residuales al fondo marino. SUR

La Fiscalía pide el archivo de la causa por los vertidos de aguas residuales al mar sin depurar en Nerja

El Ministerio Público entiende que, a pesar de que el daño ecológico está constatado, no se puede imputar la responsabilidad a ninguna de las administraciones investigadas: Gobierno central, Junta ni Ayuntamiento

Jueves, 8 de abril 2021, 17:51

La Fiscalía ha solicitado el sobreseimiento provisional de la causa abierta por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Torrox por los ... vertidos de aguas residuales sin depurar al mar en Nerja, al no contar, hasta finales del pasado mes de octubre, con una depuradora, que está en fase de pruebas. El proceso se inició en marzo de 2019 a raíz de sendas denuncias de un vecino, Jorge Narváez, y de Ecologistas en Acción.

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Tras casi dos años de instrucción, en los que han sido citados como investigados el alcalde, José Alberto Armijo (PP), su antecesora, Rosa Arrabal (PSOE), y seis ediles y exediles, además de dos directivos de la empresa mixta Aguas de Narixa S. A., el Ministerio Público ha decidido pedir el archivo del procedimiento, a pesar de que considera que el daño ecológico al entorno marítimo, especialmente a los fondos del paraje natural de los Acantilados de Maro-Cerro, está constatado. Sin embargo, no aprecia que se pueda imputar una responsabilidad penal a ninguna de las tres administraciones implicadas: Ayuntamiento, Junta de Andalucía y Gobierno central.

Así, en un escrito al que ha tenido acceso este periódico, el fiscal tilda de «caótica» la gestión ambiental de los vertidos de aguas residuales en el municipio costero más oriental de la provincia. «El problema era conocido por todas las administraciones con competencia desde su inicio«, añade.

A la vista del resultado de las periciales practicadas, «siendo los resultados suficientemente concluyentes para los técnicos intervinientes, de reconocida capacidad científica y técnica», se considera «indiscutible la existencia de una posibilidad de daño para el medio ambiente en el vertido continuado de aguas residuales urbanas sin depurar a lo largo de los años». Se tratarían, dice el documento, de »nueve toneladas de basuras marinas acumuladas en los puntos de vertido de los emisarios, más las que sin computar en el informe pudieran estar ubicadas en los otros dos puntos«.

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«No podemos apreciar indicios de responsabilidad criminal del Estado en vista de las vicisitudes acaecidas», dice el fiscal

Para la Fiscalía, «siendo cierto que la titularidad del vertido corresponde al Ayuntamiento, como obligados por ley a la gestión de los residuos urbanos y a la preservación del medio ambiente, no podemos dejar de tener en cuenta la corresponsabilidad de la administración estatal y autonómica«.

Respecto a la presunta responsabilidad de los gestores municipales, el fiscal concluye que «no parece indiciariamente acreditada a título de autor por omisión«. »No solo no correspondía al Ayuntamiento la ejecución de las obras de la EDAR, sino que su actividad en orden al inicio y ejecución de las obras frente a la Administración autonómica y Estatal fue constante«, argumenta el fiscal.

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Asimismo, concluye que «tampoco podemos apreciar indicios de responsabilidad criminal en la administración general del Estado en la emisión de los vertidos, en vista de las vicisitudes administrativas, económicas e incluso legislativas acaecidas«. En su escrito, el fiscal repasa los distintas cambios que fue experimentando el proyecto desde su declaración por el Ejecutivo como una obra de interés general del Estado en 1993.

Sobre el papel de la Junta, el Ministerio Público detalla que entre 2006 y 2017 abrió, al menos, nueve expedientes sancionadores por los vertidos, destacando que en los acantilados de Maro «se encuentran cuatro especies catalogadas y seis protegidas». El fiscal repasa los informes del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el Instituto Español de Oceanografía y la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio de Transición Ecológica.

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Coín y Alhaurín el Grande

«No ofrece discusión alguna que los vertidos son susceptibles de causar daños sustanciales a la calidad de las aguas, animales o plantas, e incluso perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales», dice. Para el fiscal, «en algún caso, incluso se habla de un posible perjuicio para la salud de las personas. Todo ello, junto con la evidencia de la existencia de los vertidos, nos lleva a considerar indiciariamente acreditado el elemento objetivo del delito del artículo 325 del Código Penal«.

El fiscal destaca «la exhaustiva y muy meritoria» labor investigadora del equipo del Seprona de la Guardia Civil de la Comandancia de Málaga «en la solicitud y análisis de la abundante documentación relativa a la gestión de los vertidos de aguas residuales de Nerja, así como en la toma de muestras, cadena de custodia y estudio de los resultados de los diferentes análisis realizados, incluyendo la presencia de un buque del Instituto Español de Oceanografía frente a las costas del municipio entre julio y agosto de 2018«.

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Además de en Nerja, la llamada 'operación Vastum' se desarrolló también en Coín y Alhaurín el Grande, los otros dos municipios de más de 20.000 habitantes sin depuradora en la provincia. En el primer caso fue archivada por el juzgado en septiembre de 2020, al no apreciar tampoco indicios de delitos, y en el segundo continúan abiertas las diligencias judiciales.

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