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El TSJA confirma la condena por abuso sexual al empresario que simuló besar a Teresa Rodríguez

El TSJA confirma la condena por abuso sexual al empresario que simuló besar a Teresa Rodríguez

El sentencia ratificada le impone el pago de una multa de 13.800 euros y le obliga a indemnizar con 2.500 euros a la parlamentaria de Adelante Andalucía

josé luis piedra

Viernes, 13 de marzo 2020, 13:23

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena por delito de abuso sexual al empresario Manuel Muñoz que simuló besar a la lider de Podemos y parlamentaria de Adelante Andalucía, Teresa Rodríguez, durante un acto celebrado en la Cámara de Comercio el día 20 de diciembre de 2016.

La Sección de Apelación de la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal andaluz ha ratificado íntegramente la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla que lo condenó al pago de una multa de 13.800 euros y a indemnizar con 2.500 euros a la víctima por un delito de abuso sexual en concurso ideal con un delito leve de falta de respeto y consideración debida a la autoridad.

En la sentencia, que es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo, el TSJA desestima los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y por la defensa del acusado contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla

El TSJA condidera probados los hechos recogidos en la sentencia de la Audiencia ya que «se trató de un acto inconsentido» por la parlamentaria andaluza y de claro contenido sexual, en cuanto existió contacto buscado a propósito por parte del acusado, llegando a tocar con su mano la boca de la víctima».

Los hechos ocurrieron el 20 de diciembre de 2016 en la la sede de la Cámara de Comercio de Sevilla durante un acto al que había sido invitada la víctima en su condición de diputada del Parlamento de Andalucía por Podemos, de la que era su portavoz.

Según el fallo judicial, Teresa Rodríguez fue invitada por la jefa de Protocolo de la Cámara, a instancias de su presidente, a subir a la primera planta a fin de saludarla y mostrarle las dependencias y proyectos de la Cámara. A su salida del despacho, fue abordada por el empresario «de forma sorpresiva e inopinada y, sin mediar palabra ni saludo previo, la rodeó por la espalda con su brazo derecho, haciéndola retroceder contra un rincón, al tiempo que aproximaba su cuerpo al de ella y le ponía la otra mano sobre la boca besando a continuación su propia mano en lo que simulaba ser un beso en los labios a la parlamentaria», hechos que tuvieron lugar en presencia de la jefa de Protocolo, el presidente y un vocal de la Cámara de Comercio.

«Incapaz de reaccionar tras lo sucedido, optó por abandonar el lugar de forma rápida, acompañada de la jefa de Protocolo, a quien transmitió de manera inmediata su malestar e indignación», según recoge la sentencia confirmada por el TSJA.

La Fiscalía recurrió la sentencia de la Audiencia de Sevilla para que el acusado fuera condenado por un delito contra la integridad moral, pero el TSJA desestima dicho recurso al entender que «el acto realizado por el acusado tenía un claro contenido sexual; hubo acercamiento y contacto físico por parte del acusado hacia la víctima, en cuanto le rodeó el cuello con una mano, contactando su mano con la boca de la víctima y poniendo su otra mano, que besó, llegando a simular beso a la perjudicada».

La defensa del condenado recurrió pidiendo su absolución y, de forma subsidiaria, la reducción de la pena y de la responsabilidad civil impuestas por la Audiencia. En este sentido, la Sección de Apelación Penal desestima los distintos motivos del recurso de apelación y resalta que el testimonio de la afectada «ha sido contundente y claro, no existiendo ni habiéndose alegado móvil espurio, ya que no se conocían previamente, por lo que narró los hechos tal como sucedieron».

La confirmación de la sentencia se argumenta también en la grabación visionada de la cámara instalada en el lugar de los hechos, donde «se constata cómo los hechos suceden como los narra la propia víctima».

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