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efe
Viernes, 23 de octubre 2020, 19:58
Andalucía ha adelantado a este viernes la obligatoriedad de ponerse la mascarilla a quienes estén en cualquier lugar público, incluidos bares y establecimientos de restauración, excepto en el momento de la ingesta, y a quienes estén realizando deporte no federado al aire libre y no se pueda garantizar la distancia social en todo momento.
Esta obligación está recogida en la orden de 22 de octubre de 2020 del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), por la que se modifica la de 14 de julio de 2020, sobre uso de la mascarilla y otras medidas de prevención en materia de salud pública para hacer frente al coronavirus que a su vez modificaba la orden de 19 de junio de 2020.
Según la nueva orden de la Consejería de Salud, todas las personas de más de seis años deberán cubrirse boca y nariz con bandas protectoras «en cualquier lugar público, incluidos bares y establecimientos de restauración, excepto en el momento de la ingesta», mientras que la práctica de deporte no federado al aire libre «también está sujeta al uso de mascarilla si no se puede garantizar la distancia social en todo momento».
Pese a que el consejero de Salud, Jesús Aguirre, anunció ayer tras la reunión del Consejo de Gobierno de que estas medidas iban a entrar en vigor a partir del próximo domingo a las 00.00 horas, finalmente este día lo harán solamente las relativas a la reducción de los horarios y aforos de los bares y restaurantes y se ha adelantado desde hoy las que conciernen al uso de las mascarillas.
La orden de 14 de julio de 2020, sobre el uso de la mascarilla y otras medidas de prevención en materia de salud pública para hacer frente al coronavirus estableció, en su apartado primero, que las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de la mascarilla en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros.
Pero la evolución epidemiológica de coronavirus SARS Cov 2 y la situación actual de los datos de la enfermedad en Andalucía han obligado, según la orden de Salud, a adoptar «nuevas medidas de salud pública en relación con el uso obligatorio de la mascarilla que impongan su uso en un mayor número de casos y situaciones, que conduzcan a un mayor y mejor control y prevención«.
Por ello, la orden, con fecha de ayer, dispone la modificación de la del 14 de julio de 2020, para establecer, además, el uso de mascarilla obligatorio para todas las personas en los establecimientos de hostelería y restauración «en los que se sirvan a clientes productos para su consumo en el mismo, salvo en el momento de la ingestión», y, en el caso de la práctica físico-deportiva no federada «el uso de mascarilla obligatorio si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal».
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