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La Junta de Andalucía ha completado el proceso abierto con la Ley de Impulso y Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) al aprobar el reglamento que desarrolla esa norma. El Consejo de Gobierno ha dado el visto bueno a ese texto, que recoge los acuerdos ... alcanzados entre la Administración autonómica y la estatal que dieron lugar a que el Gobierno de España retirara un recurso de inconstitucionalidad que había presentado por entender que la LISTA invadía sus competencias.
Con la entrada en vigor del reglamento -que tendrá lugar en torno al 22 de diciembre, 20 días después de su publicación en el BOJA-, se podrá iniciar el proceso para la regularización de las viviendas levantadas en suelo rústico que se ajusten a lo previsto en la LISTA.
La consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Marifrán Carazo, explicó que con la aprobación del reglamento se completa la revisión iniciada con la aprobación de la LISTA, aunque todavía resta la revisión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), que también está en la agenda de la Junta y se ha iniciado en la actual legislatura.
La consejera recordó que la LOUA, una de las leyes que ha sido derogada con la entrada en vigor de la nueva legislación del suelo, no contaba con desarrollo reglamentario, por lo que la seguridad jurídica con que se cuenta ahora es mayor de la que había anteriormente. Tanto la LOUA, aprobada en 2002, como la LOTA, de 1994, han dejado de tener vigor con la aprobación de la LISTA.
Para Carazo, la nueva ordenación legal del suelo en Andalucía permitirá traer proyectos, nuevos equipamientos y contar con una comunidad «ordenada y sostenible para avanzar en su desarrollo, más actividad económica y creación de empleo»
La nueva ley del suelo y su desarrollo reglamentario suponen un cambio sustancial en la política de ordenación urbanística en Andalucía al ponerse en marcha las Entidades Urbanísticas Certificadoras, que darán lugar a la colaboración público-privada en la tramitación de licencias. Este novedad, argumentó la consejera, refuerza la simplificación y agilización y establece fórmulas más sencillas.
Estas entidades podrán colaborar con las administraciones locales en la labor de verificación y control, lo que permitirá a los ayuntamientos tramitar las licencias, declaraciones responsables o inspecciones técnicas con mayor agilidad, lo que redundará en la dinamizar la actividad económica. También incorpora la figura del agente urbanizador.
Carazo recordó que ya se dio un paso fundamental en las licencias de primera ocupación con la fórmula de la declaración responsable, que se está aplicando con éxito en el conjunto de Andalucía.
La consejera señaló también como una de las grandes novedades de la ley el tratamiento positivo que ahora se le da al suelo rústico, ya que se podrá vivir en el campo de manera regular y llamó la atención sobre la ineficacia de la anterior legislación, que pese a ser restrictiva no consiguió evitar la proliferación de viviendas irregulares.
En ese sentido, el reglamento concreta las condiciones que dan lugar a la formación de nuevos núcleos de población y los parámetros que posibilitan la implantación de viviendas unifamiliares no vinculadas a otras actuaciones del suelo rústico. También se especifica el régimen de las actuaciones de transformación urbanística en las dos clases de suelo establecidas por la LISTA: el suelo urbano y el suelo rústico.
La ley y su reglamento también persiguen conseguir más agilidad en la inspección frente a infracciones territoriales. Una de las grandes novedades, desarrollada en el reglamento, es que ahora la Junta podrá actuar de manera directa y paralizar construcciones ilegales. Carazo explicó que se trata de competencias compartidas y que el reglamento era necesario para aclarar el marco de actuación de cada administración, aunque pretende la cooperación entre la Junta y los ayuntamientos. La Administración autonómica, dijo, asume esta responsabilidad de una forma positiva. La norma fortalece la figura de la inspección y se crea la figura de los subinspectores.
Asimismo, se establece un tiempo máximo de tres años para la aprobación de los planes generales y otros instrumentos de ordenación, lo que supondrá un acortamiento sustancial ya que hasta ahora la tramitación requería, como media, de una década. La consejera apuntó que se reducen los procedimientos que hasta entonces se repetían y se regula la tramitación por vía de urgencia.
Otra de las novedades que se establecen dos niveles de ordenación, la general, de larga vigencia, flexible y simplificada, y la detallada. Con este cambio se persigue conseguir una mayor seguridad jurídica al evitar que un fallo haga caer el planeamiento completo, como ya ha sucedido con numerosos planes generales de ordenación urbana en Andalucía.
La ley y su reglamento también apuntan a conseguir más agilidad en la inspección frente a infracciones territoriales
La nueva norma también regula las casas-cuevas, de las que hay unas 10.000, principalmente en las provincias de Granada y Almería, hasta ahora consideradas infraviviendas.
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